La crítica moral de San Juan Crisóstomo al socialismo
«La igualdad impuesta por la fuerza», insiste Crisóstomo, «no lograría nada y causaría mucho daño».
«La igualdad impuesta por la fuerza», insiste Crisóstomo, «no lograría nada y causaría mucho daño».
Durante más de 40 años, la política agrícola de EEUU ha socializado las tierras agrícolas y ha transferido riqueza a personas con conexiones políticas.
La inflación no es solo un fenómeno económico. También socava los cimientos de una civilización, lo que conduce al colapso de la sociedad misma.
A medida que las opiniones de Murray Rothbard sobre la libertad individual evolucionaban, se acercó cada vez más a hombres como Richard Weaver y John Randolph, quienes destacaban la importancia de los derechos de propiedad privada y la descentralización política.
La libre expresión no es una cuestión ideológica. Como señaló Murray Rothbard, en realidad es una cuestión ligada a los derechos de propiedad privada.
Las leyes de igualdad de protección supuestamente protegen los derechos individuales al garantizar que la ley proteja a todos por igual. Sin embargo, Murray Rothbard señaló que estas leyes a menudo se utilizan para suprimir esos derechos.
Una objeción común al anarcocapitalismo es que solo el Estado puede ofrecer servicios de defensa viables a la población a través de la policía y las fuerzas armadas, ya que las agencias de defensa privadas tendrían un incentivo para estar en guerra constante.
Gracias a la intervención económica masiva del gobierno de Sudáfrica, tanto la delincuencia como la pobreza están aumentando vertiginosamente mientras la sociedad se desintegra lentamente. La protección policial es prácticamente inexistente.
La privatización se explica a menudo como algo que el Estado permite. Sin embargo, la verdadera privatización rechaza la coacción estatal en todos los ámbitos, incluido el monetario.
Un principio fundamental de la contabilidad financiera, las finanzas corporativas y la ley corporativa es que, —a pesar de las divergencias jurisdiccionales—, existe una distinción conceptual entre las personas físicas (seres humanos) y las personas jurídicas.