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El propósito de los semidioses políticos como Lincoln y los «Padres Fundadores»

Crisis of the Two Constitutions: The Rise, Decline, and Recovery of American Greatness
por Charles R. Kesler
Encounter Books, 2021
xviii + 451 pp.

Charles Kesler, profesor de gobierno en el Claremont McKenna College y editor de la Claremont Review of Books, ha presentado en este importante nuevo libro una interpretación cuidadosamente concebida de la Constitución y, más en general, de lo que él llama el «régimen americano». Como veremos, esta frase es crucial para entender las diferencias entre su forma de ver la filosofía política y la de Murray Rothbard y sus seguidores.

Kesler ha estado muy influenciado en su relato por Harry Jaffa y, como he escrito críticamente sobre Jaffa, los lectores pueden temer (o esperar) que mi reseña de este libro sea una mera diatriba. Pero en realidad hay mucho que admirar en el libro, y aunque no he cambiado mi opinión sobre Jaffa, no estaba del todo equivocado. Al contrario, ciertamente tenía razón al subrayar la importancia de las cláusulas de la Declaración de la Independencia que declaran que todos los hombres «están dotados por su Creador de ciertos Derechos inalienables, que entre ellos están la Vida, la Libertad y la búsqueda de la Felicidad». También veía correctamente la esclavitud como una grave infracción de estos derechos. Rothbard estaba de acuerdo; no hay que olvidar que apoyó firmemente a los abolicionistas anteriores a la Guerra Civil.

Dicho esto, el relato de Kesler, y tras él el de Jaffa, sobre los derechos no es del todo igual al de Rothbard. Kessler dice: «Un animal racional no debe ser tratado como si fuera irracional; un hombre, como decimos, no debe ser tratado como un perro. O, como lo expresó Thomas Jefferson en una de sus últimas cartas ... "la masa de la humanidad no ha nacido con sillas de montar en sus espaldas, ni unos pocos favorecidos con botas y espuelas, listos para montarlos legítimamente, por la gracia de Dios"» (p. 45; Jefferson adoptó aquí la frase de Algernon Sidney [p. 18]).

Los lectores pueden sentirse inclinados a tomar esto como equivalente al principio de autopropiedad de Rothbard, pero en realidad no lo es. La declaración no prohíbe que una persona gobierne sobre otra. Sólo dice, o más bien parece decir, que una persona no puede gobernar a otra como una persona puede gobernar a un animal, pero deja abierta la posibilidad de que unos gobiernen a otros de forma menos extrema. Y hay que ir más allá. La afirmación no dice realmente ni siquiera esto. Sólo dice que las personas no nacen desiguales, no que no puedan, en el curso de sus vidas, llegar a ser tan desiguales que algunos puedan gobernar sobre otros como un hombre puede gobernar sobre un perro.

De otros pasajes del libro se desprende que las preocupaciones que se acaban de plantear no son en absoluto imaginarias. Kesler dice: «Los padres de nuestra república son nuestros semidioses, como los llamó precisamente Thomas Jefferson. Son nuestros héroes, que establecen el espacio sagrado de la política estadounidense, y se espera que los ciudadanos (y los que lo sean) compartan una reverencia general por ellos y por su obra constitucional» (p. 364; véase también una afirmación similar en la p. 28). Lincoln, en todo caso, ocupa un lugar aún más alto. Apelando a su mentor, Kesler dice que en «el carácter de Lincoln, argumentaba Jaffa, tanto "la fuerza del gigante" como una increíble moderación en el uso de la misma alcanzaban su consumación». Citó con aprobación el famoso elogio de Clinton Rossiter: «Lincoln es el mito supremo, el símbolo más rico de la experiencia americana. Es, como alguien ha observado ni irreverente ni sacrílegamente, el Cristo martirizado de la obra de la pasión de la democracia"». (p. 128). Cualesquiera que sean los límites de su gobierno, estos Übermenschen seguramente no se consideran al mismo nivel que el resto de los estadounidenses.

¿Por qué necesitamos esos héroes? La respuesta nos lleva al corazón del proyecto constitucional de Kesler. Si, para algunos libertarios, «suele comenzar con Ayn Rand», para Kesler comienza con Numa Denis Fustel de Coulanges, el gran historiador francés del siglo XIX sobre la ciudad antigua. Argumentó que en el mundo clásico, los ciudadanos consideraban que la ciudad en la que vivían había sido fundada por un dios o un fundador humano de importancia casi divina. La religión y el Estado no competían por la lealtad de los ciudadanos. El Estado era el único objeto de su devoción y estaban dispuestos a morir por él. Pero el cristianismo, una religión universal no confinada a un estado o pueblo, cambió todo eso. Ahora, para los creyentes de la nueva religión, había algo más elevado que el Estado, y esto planteaba un problema. ¿Cómo se puede inducir a la gente a morir por el Estado? Esto es lo que Spinoza, y después Leo Strauss, llamaron el «problema teológico-político» (p. 90). La respuesta para Kesler está en la veneración de los «padres de la república», nuestros fundadores, y la constitución que nos dieron; si tuviera que destacar una palabra como clave del mensaje del libro, sería «fundación». Fustel, al señalar el debilitamiento de la lealtad al Estado provocado por el cristianismo, se hace eco de los argumentos de Nicolás Maquiavelo y Jean-Jacques Rousseau, y el remedio para el supuesto fallo que nos insta Kesler se parece a la «religión civil» de Rousseau. (Véase mi reseña de una propuesta similar de Walter Berns. Por cierto, en contra de lo que sugiere el índice, «Fustel» es la parte inicial del apellido «Fustel de Coulanges», no un nombre [p.440]) Los ciudadanos en este esquema de cosas son libres de creer en el cristianismo, el judaísmo o cualquier otra fe que reconozca la moral de la ley natural inculcada por el estado, y el estado no interferirá con estas religiones, siempre y cuando no enseñen nada opuesto a las doctrinas básicas del estado. «El punto de Washington es que el "derecho de conciencia" no puede ordenar nada contrario a la conciencia que vigila y encarna la ley natural. Siendo el derecho de conciencia en sí mismo uno de los derechos naturales del hombre, tiene que ser ejercido de forma coherente con el resto de ellos. El mismo punto puede expresarse en términos religiosos: las nuevas revelaciones no pueden derogar o contradecir los mandamientos morales básicos de la Biblia» (p. 90; estos mandamientos, cabe señalar, deben entenderse según la interpretación de Washington y los demás fundadores de nuestro régimen).

La palabra «régimen», como he dicho antes, es, al igual que «fundación», un término clave para entender el libro. Kesler interpreta que los fundadores americanos tenían una comprensión del «régimen» como la de los antiguos; es «política, entendiendo que la vida americana está organizada, finalmente y aunque sea de forma indirecta, por el «régimen», por una estructura de principios autoritarios, instituciones y tipos de carácter» (p. 11). El principal error de los «conservadores libertarios» es que no ven la importancia del régimen, tomado en este sentido. Escribiendo sobre el «fusionista» Frank Meyer, dice: «Para el apoyo filosófico, Meyer se apoyó en Aristóteles, quien ... en realidad había mantenido que los actos virtuosos tenían que ser voluntarios, y por lo tanto que la virtud (según Meyer) no podía ser curada por la acción del Estado. Sin embargo, el argumento de Aristóteles dependía de un factor que Meyer minimizó o ignoró, a saber, que la virtud moral es una especie de hábito.... Al premiar las acciones justas y castigar las injustas, la ley obliga y enseña al mismo tiempo» (pp. 323-24).

El papel que Kesler asigna a la prudencia de los sabios estadistas socava el contraste, fundamental en el libro, entre dos Constituciones. La primera, la Constitución de los fundadores, se basa en los derechos naturales de la Declaración de Independencia. La segunda, introducida por Woodrow Wilson y continuada por Franklin Roosevelt y sus sucesores izquierdistas, sustituye la naturaleza por la historia. Kesler ofrece una excelente descripción de Wilson, que rechazó la constitución «newtoniana» supuestamente mecánica de los fundadores, sustituyéndola por una constitución orgánica darwiniana, o «viva», que condujo a un gobierno dirigido por una élite administrativa de expertos científicos. Pero la primera Constitución de Kesler no nos da auténticos derechos naturales; en ella, los sabios que nos gobiernan se llaman «estadistas» en lugar de «administradores», pero seguimos privados de libertad.

Kesler, al igual que muchos seguidores de Leo Strauss, es un minucioso analista textual, y uno no puede sino admirar su cuidadoso relato del «Federalist nº 10», demostrando, en contra de Martin Diamond y otros, que «Publius» defiende el papel del gobierno en la promoción de la virtud. Desgraciadamente, la mayor parte del tiempo se limita a exponer los textos que considera clásicos, en lugar de defender la verdad de las opiniones que les atribuye; aparentemente debemos dar por sentado que si «Publius» nos dice algo, haríamos bien en escucharlo.

Cuando Kesler aborda textos filosóficos que no tienen que ver con la política, el resultado es a veces desafortunado. Dice: «En la filosofía moderna temprana, el problema era cómo conectar la conciencia o el ego (res cogitans) con el mundo externo (res extensa), dada la separación radical entre ellos introducida por Descartes en aras de liberar al hombre de su tutela a la naturaleza o a Dios. Sólo si el hombre estuviera a solas con sus propios pensamientos -sin estar atado a su lugar en la naturaleza o a su comunión con Dios- podría originar y poner a prueba sus propios conceptos para estar seguro de su conocimiento» (p. 36, énfasis en el original). Descartes, lejos de querer liberar al hombre de Dios, sostiene que es necesaria una prueba de Dios para demostrar que nuestras ideas claras y distintas, incluyendo nuestras ideas del mundo externo y de otras mentes, son verdaderas. (Conozco interpretaciones de Descartes similares a la de Kesler por parte de otros escritores, por ejemplo, Richard Kennington e Hiram Caton, pero me parecen francamente perversas).

Kesler también se equivoca al afirmar que algunos comentarios de Frederick Douglass sobre la Constitución, hechos por él en 1860, se refieren a la ratificación de ese documento. Como será evidente si se lee la cita de Douglass, los comentarios se refieren a la crisis de secesión de entonces (p. 429n14).

Aquellos de nosotros tan miopes como para no querer morir por el Estado en absoluto, rechazarán el simulacro de derechos naturales que ofrece Kesler y preferirán, en cambio, el artículo genuino, que no requiere que adoremos a dioses extraños bajo la apariencia de «Fundadores».

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