Friday Philosophy

¿Se pueden justificar los impuestos?

El filósofo Michael Huemer suele ser favorable al libre mercado, y también es un firme defensor del anarquismo. Aunque no estoy de acuerdo con algunos de los argumentos de su defensa del anarquismo, El problema de la autoridad política, es un libro excelente.

En una reciente entrada de su blog, sugiere sorprendentemente que los impuestos pueden estar justificados en algunos casos. Ofrece dos ejemplos: los impuestos pigouvianos sobre las externalidades negativas y los impuestos georgistas sobre la tierra. En lo que sigue, me concentraré en el primero de ellos.

Ofrece el siguiente argumento a favor de los impuestos pigouvianos (llamados así por el economista de Cambridge A.C. Pigou).

A veces, la gente hace cosas que perjudican a otras personas, y las personas perjudicadas no consienten el daño. Es decir, la gente «produce externalidades negativas», como dicen los economistas....

Ejemplo: La contaminación. Cada vez que conduces tu auto, liberas un poco de contaminación en el aire, que impone un pequeño daño esperado a un enorme número de otras personas y animales, incluidas las generaciones futuras. Apuesto a que tampoco obtienes su consentimiento.

Según algunos puntos de vista deontológicos absolutos, siempre se necesita el consentimiento antes de imponer (ciertos tipos de) daño a otros. Pero eso es poco práctico. No se puede obtener el consentimiento de todos los habitantes del mundo, incluidas las generaciones futuras que se verán afectadas por la contaminación. Así que tendríamos que decir

(a) «No se puede contaminar en absoluto». Para ello hay que cerrar la civilización moderna. O

(b) «La contaminación no es el tipo de daño correcto» (no es agresivo, la gente no tiene derechos contra la contaminación, o algo así). Pero esto significaría que estaría bien destruir completamente la atmósfera con la contaminación (si alguien tuviera la capacidad de hacerlo).

(a) y (b) son ambas malas. No deberíamos prohibir completamente toda la contaminación, ni tampoco deberíamos no tomar ninguna medida contra la contaminación. Aunque la destrucción total de la atmósfera no esté sobre la mesa (todavía), seguramente tendríamos demasiada contaminación si no hiciéramos nada a los contaminadores.

Por supuesto, este punto se aplica a otros tipos de externalidades. Si la gente puede imponer externalidades negativas de forma gratuita, habrá demasiadas externalidades negativas. Se llevarán a cabo muchas actividades que imponen mayores costes totales que sus beneficios totales. Y casi todo el mundo saldrá perdiendo en general por todas las externalidades negativas.

Solución: Impuestos pigouvianos. Son impuestos sobre las actividades que producen externalidades. Se supone que se fijan de manera que el impuesto sea aproximadamente igual a la cantidad de daño externo producido por la actividad. Esto disuade a la gente de realizar la actividad, si y sólo si el coste total creado por ella supera el beneficio total. Ejemplo: Un impuesto sobre el carbono que se aproxime a la cantidad de daño causado por las emisiones de gases de efecto invernadero. Esto disuadiría a las actividades que emiten carbono menos valiosas desde el punto de vista económico, mientras que seguiría permitiendo las más valiosas.

Huemer se pregunta ahora: ¿Cómo justifica este argumento los impuestos?

Espera—puedes ver cuál es el fundamento utilitario de los impuestos pigouvianos, pero ¿por qué no sigue siendo un robo (aunque sea un robo beneficioso)? Mi opinión es que la persona que crea la externalidad negativa realmente debe una compensación por hacerlo. Extraer la compensación que se le debe a alguien no es un robo. Por lo tanto, esta forma de imposición no es un robo. Pero hay que tener en cuenta que el gobierno estaría obligado a utilizar el dinero recaudado para compensar realmente a las personas que se ven perjudicadas por la actividad gravada.

No creo que este argumento tenga éxito. Huemer menciona las opiniones «deontológicas absolutas», que sostienen que hay que obtener el consentimiento de alguien antes de hacerle daño y sugiere que esto tiene consecuencias inaceptables en lo que respecta a la contaminación. No niego que sea un punto de vista posible, pero una posición deontológica más común es que no se pueden violar los derechos de alguien sin su consentimiento. No todo daño cuenta como una violación de derechos, al menos si caracterizas «dañar» como «empeorar». Por ejemplo, si te contratan para un trabajo que yo quería y habría conseguido si no te hubieran elegido, me has perjudicado pero no has violado mis derechos.

Si se adopta la posición deontológica más común, el problema que plantea Huemer no se plantea.  La contaminación de tu auto sólo requiere el consentimiento de aquellos cuyos derechos serían violados por lo que haces. ¿Pero no ha considerado ya Huemer esta respuesta y la ha rechazado? Dice que si sostienes que la contaminación no es agresiva y no viola los derechos, entonces tendrías que aceptar que estaría bien que alguien destruyera la atmósfera, si pudiera hacerlo.

Huemer ha dado por sentada, erróneamente, una posición de «todo o nada», un fallo común entre los libertarios. O bien cualquier cantidad de contaminación viola las restricciones deontológicas, o no lo hace ninguna. Pero, ¿por qué asumir esto?   El alcance de los derechos de propiedad es hasta cierto punto convencional dentro de una sociedad, y es irracional delimitar los derechos de propiedad de cualquiera de las dos maneras que indica Huemer. En un artículo clásico, «Ley, derechos de propiedad y contaminación del aire», Murray Rothbard muestra cómo se han tratado los problemas de contaminación en el derecho común. Seguramente este es un mejor enfoque de la contaminación basado en los derechos que cualquiera de los puntos de vista basados en los derechos que menciona Huemer.

Supongamos que adoptamos la visión de los derechos de contaminación que sugiero. ¿Debemos decir entonces que está bien que alguien contamine, siempre que compense a aquellos cuyos derechos viola?  Eso parece un error; en general, uno no es libre de violar los derechos de alguien siempre que no lo deje en peor situación que antes de la violación de sus derechos. El titular de los derechos normalmente puede exigir más que eso o negar su consentimiento a la violación de los derechos.

Como ya he mencionado, Huemer tiene otro caso en el que los impuestos podrían estar justificados. Dice,

Creo que Henry George puede tener razón. Henry George pensaba que (a) todo el mundo tiene derecho al valor que él mismo produce, pero (b) no tiene el mismo derecho al valor producido por la naturaleza. Si resulta que eres la primera persona en reclamar un objeto natural valioso, eso no te da realmente un mayor derecho a su valor que a otras personas que llegaron después.

Por tanto, cuando construyes un edificio en un terreno, debes poseer el valor que has añadido con tu trabajo. Pero no tienes ningún derecho especial sobre el valor que tenía la tierra antes de tu llegada. En su lugar, George pensó que todo el mundo debería recibir una parte igual del valor de toda la tierra y los recursos naturales. (Podemos simplificar esto a sólo «tierra», ya que los recursos naturales son generalmente parte de la tierra).

Huemer continúa indicando que un impuesto a la tierra sobre el «valor intrínseco» de la misma, pagado a quienes no la utilizan, puede considerarse una forma de compensación a los no usuarios. No voy a discutir más sobre esto, ya que el punto de partida georgista inicial es inverosímil y Huemer no lo ha argumentado. En el punto de vista que considero correcto, que tampoco he argumentado, inicialmente se adquieren recursos físicos, no «valor». El valor de lo que se adquiere depende de las preferencias de la gente en la sociedad, pero no es en sí mismo una adquisición. Además, en el supuesto de Huemer de que no se posee el valor intrínseco de la tierra, ¿por qué la «sociedad» es dueña de ella de tal manera que requiere una compensación por lo que ha sido «tomado» por el usuario de la tierra?

Los ingeniosos argumentos de Huemer nos dejan en el punto de partida: los impuestos son robo.

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