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¿Proceso debido o protección transgénero en el campus?

Mises Wire Wendy McElroy

Los campus universitarios han sido durante mucho tiempo campos de batalla entre el debido proceso para los acusados de mala conducta sexual (inocentes hasta que se demuestre su culpabilidad) y los privilegios legales para las presuntas víctimas a las que muchos creen automáticamente (culpables hasta que se demuestre su inocencia).

La primera línea es el Título IX, la ley federal de 1972 diseñada para frenar la discriminación sexual en las escuelas. El Departamento de Educación (DOE) del Presidente Joe Biden quiere añadir la identidad de género a la mezcla. Los protagonistas de este renovado conflicto son el senador John Kennedy, de Luisiana, que ha presentado un proyecto de ley para defender los derechos procesales en los campus, y el DOE de Biden, que está ampliando la definición de discriminación.

La cuestión específica abordada por el DOE es la elegibilidad atlética. Se trata de una cuestión política candente que gira en torno a la pregunta: «¿Deben competir los transgénero de hombre a mujer en los deportes femeninos o su ventaja de fuerza es injusta para las mujeres biológicas?». Este artículo examina las disposiciones contrapuestas y superpuestas del borrador del reglamento del Título IX, el borrador del reglamento deportivo de 2023 y el proyecto de ley de Kennedy.

La orden ejecutiva 14021 de Biden (8 de marzo de 2021) que desencadenó el actual conflicto se titula «Garantizar un entorno educativo libre de discriminación por razón de sexo, incluidas la orientación sexual o la identidad de género». Se trata de una declaración de intenciones. El 6 de abril de 2023, el DOE puso en marcha un mecanismo de aplicación de la orden ejecutiva «Propuesta de cambio de su normativa del Título IX sobre la elegibilidad de los estudiantes para los equipos de atletismo».

El lenguaje del documento de 116 páginas es confuso y vago, pero su núcleo redefine términos como «discriminación» e incluye favorablemente la identidad de género en el marco de la elegibilidad atlética. El resumen inicial afirma que el DOE «establecerá una norma que regirá la adopción o aplicación por parte de un beneficiario de criterios relacionados con el sexo» que podrían «limitar o denegar la elegibilidad de un estudiante para participar en un equipo atlético masculino o femenino acorde con su identidad de género». Esta norma presupone que los atletas transgénero pueden participar en las categorías que elijan, a menos que el centro escolar identifique razones de seguridad para no permitirlo.

La reacción de los progresistas no se ha hecho esperar. Afirman que el «cambio propuesto» no es suficientemente protrans. «Esta normativa especifica los métodos que las escuelas pueden emplear para determinar el sexo de un estudiante, incluidos los exámenes físicos invasivos», se queja la periodista transgénero Erin Reed.

Además, el documento del DOE daría a los distritos escolares la última palabra sobre si inyectar la identidad de género en el atletismo es problemático. Los progresistas reaccionan con horror. En realidad, no se trata de ningún problema. Al igual que con las recomendaciones anteriores del DOE, es probable que las escuelas cumplan en exceso no sólo debido al sesgo liberal extremo en la mayoría de los campus, sino también para evitar una pérdida catastrófica de fondos federales. El «cambio propuesto» hace explícita esta amenaza.

Y, por otro lado, hay una renovada presión en favor de las garantías procesales. El 28 de marzo, Kennedy presentó la Ley para Garantizar la Equidad a los Estudiantes (Ensuring Fairness for Students Act), que codificaría las garantías procesales de los acusados en los procedimientos del Título IX en los campus. Puede que sea la mejor legislación sobre garantías procesales en décadas. Y es oportuna. La secretaria de Educación de Donald Trump, Elizabeth DeVos (2017 a 2021), trabajó con cierto éxito para instalar protecciones legales tradicionales en las audiencias de los campus.

Ahora Kennedy acusa a la administración Biden de intentar «hacer retroceder los procedimientos justos en los campus escolares convirtiendo a los estudiantes en culpables hasta que se demuestre su inocencia». El proyecto de ley proporcionaría otras protecciones procesales tradicionales, como la notificación por escrito de las acusaciones, la evaluación objetiva de las pruebas y el contrainterrogatorio.

El proyecto de ley de Kennedy es oportuno al menos por dos razones. En primer lugar, pocos días después de que se presentara el proyecto de ley, la Fundación para los Derechos Individuales en la Educación publicó su informe «Spotlight on Campus Due Process 2022», basado en una encuesta nacional. Entre los resultados: El 72 por ciento de las universidades no notificaron a tiempo las acusaciones a los acusados; el 60 por ciento no garantizan la presunción de inocencia; sólo el 15 por ciento de las instituciones garantizan que tanto los acusadores como los acusados puedan ver las pruebas de que disponen. En la medida en que DeVos tuvo éxito, ese progreso se está erosionando.

En segundo lugar, el «cambio propuesto» por el DOE se centra en la elegibilidad de los transgénero para los deportes, pero está casi garantizado que se ampliará a ámbitos como el acoso. La inevitabilidad de la expansión se basa en varios factores, incluida la redacción de la orden ejecutiva de Biden «Garantizar un entorno educativo libre de discriminación por razón de sexo, incluida la orientación sexual o la identidad de género». El Título IX es una medida antidiscriminatoria amplia, que no se limita al deporte. Además, la historia del Título IX es una de constante redefinición y expansión. Incluso antes de que se promulgue el «cambio propuesto», los progresistas están presionando mucho para conseguir más protecciones.

Si el acoso por razón de sexo se incluye en el Título IX, entonces será tan subjetivo y jurídicamente vago como las anteriores normas sobre acoso sexual, que dependían de si el denunciante se sentía ofendido. El «cambio propuesto» prohíbe repetidamente causar «vergüenza» a quienes se identifican con el género, pero en ninguna parte define o describe lo que causa o constituye vergüenza.

¿Incluye la negativa a utilizar un complicado y cambiante conjunto de pronombres autodeclarados desde «xemself» y «zirself» hasta «ney» y «zie»? ¿Y si un alumno simplemente se equivoca? Si el error avergüenza a una persona trans, ¿es punible? Esta disposición viola lo que se denomina la doctrina de la vaguedad. En ley constitucional, una ley es nula cuando es tan vaga que resulta inaplicable o incomprensible para el ciudadano medio.

Una cosa está clara: si la mala conducta sexual se amplía a la mala conducta de género, muchas más personas —casi siempre hombres— serán acusadas de abusos. Esto enfriaría aún más la libertad de expresión en unos campus ya de por sí fríos. También destruiría a seres humanos inocentes. Los infractores acusados serán castigados, juzgados e incluso expulsados con T escarlata (transfóbica) marcada en sus expedientes académicos. Sin el debido proceso, los procedimientos del Título IX son tribunales canguro.

Las personas que se oponen al debido proceso se oponen a la decencia común en el trato legal de los demás. Con amarga ironía, lo hacen en nombre de la protección de los vulnerables, en este caso, las personas identificadas por su sexo. Cualquiera que necesite protección contra la decencia común y la verdad no persigue la justicia. Buscan el privilegio y el poder. Si todavía puede oírse la voz de la razón, la gente necesita oírla ahora.

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