Por Robert LeFevre. (Publicado el 16 de marzo de 2010)
Traducido del inglés. El artículo original se encuentra
aquí: http://mises.org/daily/4172.
[Capítulo
8 de The
Philosophy of Ownership]
La tierra se poseído tanto colectiva como privadamente. La
evidencia revela que los primeros tiempos, antes de que el hombre aprendiera
establecer ciudades, reclamaban territorios de caza y pasto, estableciendo una
especie de control colectivo sobre la zona. Es una propiedad colectiva, pues
excluye al propietario privado y presumía que todas las cosas de valor
encontradas en el territorio han de usarse para el bien del grupo. Las tribus
primitivas prohibían la exclusividad privada de la tierra.
Los indios de Norteamérica, cuando los primeros europeos
llegaron al hemisferio occidental, generalmente practicaban la propiedad
colectiva de la tierra. La tribu poseía el territorio. Los hombres blancos,
tratando de firmar tratados con los indios, compraron esos territorios a los
indios sin transmitir el significado de su compra a los aborígenes. Los jefes
indios, cambiando tierra por hachas y abalorios de cristal consideraban la
propiedad que estaban transmitiendo como existente sólo en las cosas que
valoraban. Así que les consternó descubrir que los hombres blancos aclaraban el
bosque, quitaban los árboles y ponían estructuras permanentes.
Es completamente razonable suponer que muchos jefes, al
cambiar su tierra por tantas hachas, pensaran que era un intercambio justo por
la caza, la pesca o los derechos sobre el agua en el territorio intercambiado.
Quizá, en su escala de valores, estuviera realizando un hábil negocio en un
área donde la mayoría de la caza ya había sido muerta o ahuyentada. Pudo haber
pensado que estaba dando al hombre blanco algo poco o nada valioso por estas
cosas elaboradas de cuchillería y decoración, que los indios posiblemente no
podían fabricar.
Cuando el hombre blanco cultivó la tierra y así utilizó más
completamente el terreno de caza, puede que el indio entendiera tardíamente la
naturaleza de las intenciones de aquél. Esto bien pudo haber servido para
estimular varias hostilidades y levantamientos indios.
En muchos lugares del mundo, alguna tierra pasó a ser de
control o propiedad privada mientras que otro territorio se mantenía como
propiedad colectiva básica. En la primera Rusia, bajo el sistema del mir,
mucho tiempo en vigor, a cada joven que llegara a la madurez se le cedía un
cierto número de acres para su propio uso y el de su familia. Estos acres se
tomaban del mir colectivo y se explotaban privadamente. En cierto
sentido, este sistema pre-zarista y zarista se ha restablecido en el sistema
soviético, que sostiene que toda la tierra es propiedad socialista pero permite
que cada familia de una granja colectiva tenga una “agricultura subsidiaria” en
una parcela de un tamaño de entre uno y tres cuartos de acre.
Esta “agricultura” se considera generalmente como propiedad
“privada” y hasta la fecha, en Rusia, produce proporcionalmente más cosechas
que las enormes granjas colectivas. Como la familia no paga impuestos sobre
este terreno, existe en Rusia un tipo de propiedad privada que está, en su
sentido económico, mucho más en armonía con la propiedad del laissez faire que
nuestro propio sistema. Por supuesto, el gobierno ruso puede confiscar esta
tierra en cualquier momento, pero, hasta que lo haga, el campesino ruso tiene
una ventaja respecto de su equivalente estadounidense en este sentido.
Actualmente en Estados Unidos, aunque consideramos a la
propiedad privada de las tierras como el bastión de nuestro sistema de
propiedad del terreno, los impuestos que las gravan realmente perpetúan un tipo
de colectividad en la propiedad. El grupo social (la ciudad, el condado o el
estado) recauda una tasa por el uso de la tierra. Los gobernantes tienen un
embargo preferente sobre cualquier propiedad en la que no se haya recaudado la
tasa. En este sentido, toda la tierra de propiedad “privada” en Estados Unidos
es fundamentalmente propiedad del colectivo. Esta práctica, unida a las limitaciones
del dominio eminente, la planificación central y los ordenamientos, resalta que
seguimos pagando tributo al primitivo sistema de propiedad colectiva del suelo.
Un curioso fenómeno en el que la propiedad privada entra en
conflicto con los conceptos de propiedad colectiva en este país ser refiere al
antiguo conflicto entre vaqueros y pequeños granjeros. Los vaqueros, incapaces
de concebir la propiedad privada de las inmensas praderas del centro de
Norteamérica, creían aparentemente que esos enormes territorios nunca serían de
propiedad privada. Así que consideraron el ganado como propiedad privada y
consecuentemente pusieron una marca en los lomos de caballos, vacas y otros
animales, marcándolos como propiedad privada. La tierra era un “espacio
abierto” que cualquiera podía usar.
Cuando aparecieron los granjeros, vallaron parcelas para
fines agrícolas y reclamaron las praderas sin dueño, los vaqueros tomaron sus
Winchester para defender la propiedad que ya habían indicado que no era suya.
En el intercambio de hostilidades, los colonos permanentes ganaron la discusión
al demostrar que una reclamación negativa de no-propiedad por parte de alguien
es inferior a una reclamación positiva de alguien. Los vaqueros respondieron,
demasiado tarde, quitando las vallas a cientos de miles de acres de forma que
los pastos se mantuvieran para ellos.
Si hubieran hecho esto originalmente, probablemente las
praderas no se habrían visto erosionadas por el arado y el desarrollo de las
llanuras del centro y el oeste habría originado un aspecto completamente
distinto del que muestran hoy. Es razonable suponer que en este caso el
desarrollo de periódicas tormentas de polvo y la defoliación de las praderas no
se hubieran producido, al menos a la escala actual.
Entre los pueblos antiguos, la idea de propiedad privada del
terreno apareció en los tiempos prebíblicos. Hay considerables evidencias de
que cuando se desarrollaron por primera vez las ciudades, y posiblemente antes,
la tierra se reclamaba privadamente para fines de cultivo en Egipto y Oriente
Medio. Algunos de nuestros documentos más antiguos en forma de papiro o tablas
de arcilla son escrituras de terrenos, privadamente transmitidos de un
propietario a otro. La tierra se transmitía también por testamento.
Una de las primeras transacciones de terrenos está
registrada en el Libro del Génesis (23:2-18), en el que Abraham compraba una
parcela de tierra para enterrar a Sara, su esposa. Las escrituras apuntan un
precio de cuatro mil siclos de “moneda corriente” de plata pagados a Efron,
hijo de Zohar, por la compra de la cueva de Macpela, para usarla como cripta
para la fallecida Sara.
F. de Coulanges, al desarrollar la historia de la gens, revela cómo la tierra era
propiedad de familias en lugar de individuos. Esto formaba un tipo de propiedad
privada genética en un colectivo familiar. Se creía en India, Grecia y Roma que
los límites del terreno los mantenían los dioses familiares, cuya función era,
al menos en parte, preservar la santidad de la propiedad.
Los límites de la propiedad no eran contiguos y los espacios
entre propiedades se preservaban para el paso libre. El sistema puede haber
dado lugar a la idea de los caminos públicos. Se consideraba como una grave
afrenta para cualquier dios familiar tocar o traspasar de alguna forma el
límite que una gens concreta establecía mediante su religión familiar.
La tierra, al ser el corazón de la familia, no podía
transmitirse a otra familia en ninguna circunstancia. Esta antigua costumbre,
perpetuada mediante la gens y las fratrías, puede haber
llevado al temor manifestado a menudo por los socialistas modernos de que
quienes poseen tierras se convierten en una aristocracia privilegiada y
perpetua. Aunque sin duda es cierto que durante largas eras el hijo que
heredaba la tierra de su padre bajo las reglas de la primogenitura no podía
deshacerse de esta propiedad, esta costumbre hace tiempo que desapareció.
En una economía moderna, la tierra de transmite libremente
en el mercado abierto. Es casi un axioma entre los vendedores de propiedad
inmobiliaria en Estados Unidos que cualquier pedazo de tierra puede venderse si
el precio es el correcto. Las fábricas y el desarrollo de la producción
industrial han condenado las antiguas nociones agrarias sobre el uso de la
tierra.
Aún así, la mayoría de las teorías relativas al uso y
propiedad de la tierra se basan actualmente en antiguas costumbres agrarias que
yo no se aplican. Si se asume un mercado libre, aunque la propiedad de la
tierra permanezca en propiedad de una determinada familia, no podría aparecer
ni aparecería ningún problema. Si la propiedad se utilizara al máximo, toda la
economía se beneficiaría independientemente del nombre del propietario. Si la
propiedad no se utilizara de acuerdo con su máxima utilidad, en su momento
aparecerían los factores del mercado que harían ventajoso alterar su
utilización o transferir la propiedad.
En esas naciones, como en Centro y Sudamérica, donde sigue
prevaleciendo una aristocracia terrateniente, lo que hace falta es una
revolución y desarrollo industrial, no una revolución política empleada para
redistribuir la tierra para fines agrícolas. Los socialistas a menudo defienden
la “reforma agraria”buscando redistribuir la tierra por la fuerza.. Esa
redistribución forzosa casi invariablemente lleva a la colectivización estatal
de la tierra en lugar de a la perpetuación privada de la posesión de la tierra.
Un buen ejemplo de este procedimiento se nos muestra en la
historia de la tierra en México. Cuando terminó el gobierno de Díaz en México
en 1911 y la revolución engendrada por Zapata, Villa y Carranza reclamó
una reforma agraria, la razón que se dio fue que los terratenientes
aristocráticos impedían que los campesinos poseyeran la tierra. Los
revolucionarios tuvieron éxito en establecer su forma particular de
expropiación de terrenos y se confiscaron las grandes propiedades de los
terratenientes. Pero esto no llevó al establecimiento de muchas pequeñas
granjas, como ingenuamente se esperaba. En su lugar, el estado se apropió la
tierra y luego descubrió demasiado tarde que el campesino estaba mal preparado
para afrontar los muchos problemas de la gestión privada de las granas
privadas.
Así que hoy en México existe un sistema muy similar al
modelo del mir ruso. A los campesinos individuales se les otorgan
parcelas para su uso propio, siempre que realicen este trabajo. Si el campesino
no usa su terreno durante un periodo determinado de tiempo, el terreno retorna
a ser de estado colectivo para volver a ser parcelado cuando vuelva a aparecer
un campesino que aparentemente lo merezca. Por fortuna en México ha empezado
recientemente una expansión industrial y el gobierno mexicano, esencialmente
socialista de base marxista, ha adoptado políticas más indulgentes con respecto
a la propiedad privada y el desarrollo de la tierra para quienes quieran
comprar y usar el terreno.
Sigue habiendo muchos que defienden al propiedad colectiva
del suelo. Aparentemente creen que poseer tierras es un monopolio, pues como el
hombre no puede trabajar para fabricar terreno, no puede legalmente poseerlo
privadamente. Los anarquistas creen que la propiedad privad del suelo no se
produciría salvo que le gobierno la haga posible, protegiendo así a los
terratenientes mediante la ley y el privilegio político.
Pero la propiedad colectiva del suelo tiene estas
desventajas:
- Cuando
toda la tierra es propiedad y está gestionada por el colectivo (gobierno),
no puede mantenerse ningún punto de vista o interés privado. Esto genera
un cese o abolición de aquellas innovaciones o desarrollos a largo plazo
que florecen cuando el terreno es de propiedad y gestión privada.
- La
acusación de que la propiedad privada de suelo es un monopolio
indudablemente no se ve compensada creando un monopolio gubernamental en
lugar de transacciones privadas (y necesariamente en competencia) sobre
los terrenos.
- Es
evidente que los individuos no trabajan para fabricar terrenos. Pero bajo
la misma premisa, el gobierno no trabaja para fabricar terrenos. La tierra
es un recurso natural y el origen de casi todos nuestros recursos
naturales. Pero aparece un factor evidente. Cuando un individuo posee
privadamente terrenos y se sabe propietario de hecho, trabajará en mejorar
la tierra con enorme dedicación.
Por el contrario, cuando el
individuo es meramente un arrendatario, sea de una granja o de una vivienda o
de un negocio, su interés será sacar todo lo que pueda para compensar el coste
de la renta que paga. Esto es cierto sea el terrateniente una persona privada o
un gobierno. En realidad, en aquellos casos en que el gobierno se ha convertido
en terrateniente, abundan las evidencias de que los arrendatarios están incluso
menos interesados en mejorar y aun mantener la propiedad que ocupan.
Si se realiza privadamente una
relación terrateniente-arrendatario, el propietario privado de la tierra esta
en situación de mantener su propiedad e influir en el arrendatario contra su
comportamiento descuidado o la destrucción gratuita. Pero cuando el estado es
el único terrateniente, la supervisión de la tierra por el representante del
estado es igual que la de los administradores antiguos que supervisaban el
comportamiento de los siervos. La única tierra disponible es la estatal, luego
toda la raza humana se convierte en nada más que arrendataria, completamente a
merced de los funcionarios. Si florece la propiedad privada, el arrendatario
tiene una solución. Siempre puede comprar suelo y así borrarse de la clase
arrendataria.
- La
acusación de que la propiedad privada del suelo no podría existir salvo
con protección del gobierno no se sostiene a la luz de la evidencia. El
papel del gobierno con respecto a la tierra ha sido más bien agresivo que
protector. Las propiedades privadas han sido arrebatadas de las manos de
individuos o grupos a los que ataca el gobierno, sea por la guerra o por
decreto legal.
Tanto en el antiguo Egipto como
en Asiria, así como en la India, Grecia y las provincias romanas, las
propiedades privadas de terrenos se respetaban y se mantenían seguras y sagradas
mucho antes de que gobiernos de cualquier tipo pretendieran defender la
propiedad de la tierra. La idea de la sacralizad de los límites del terreno
aparece en creencias religiosas primitivas y costumbres tribales primarias y el
gobierno, como tal, es un participante tardío.
Cuando la tierra es de propiedad privada y la gestiona el
propietario o un gestor responsable ante éste, existe un control soberano. El
control del propietario es total. Sin embargo está limitado por los límites que
marcan los confines de su propiedad. Ningún propietario tiene ninguna autoridad
sobre otra propiedad que no sea la suya.
Para que exista la propiedad privada, el control dentro del
territorio de su propiedad debe ser total, e inexistente fuera de él. Mediante
este proceso puede mantenerse la dignidad y productividad del hombre. Cada
hombre se convierte en “señor” de su propio dominio, sea éste grande o pequeño.
La primitiva visión británica de que “la casa de un hombre es su castillo” se
mantiene. Y sólo mediante este proceso puede mantenerse la libertad del individuo.
Buena parte de la incertidumbre actual relacionada con la
propiedad y tenencia de tierra aparece por la tendencia hacia la
colectivización de la tierra. Para apoyar la libertad humana y mejorar el
desarrollo de una economía vital y dinámica entre los hombres, la propiedad
privada del terreno es su esencia primaria.
Cuando la tierra es de propiedad colectiva o se gestiona
colectivamente, se produce una dispersión de la autoridad legal. Pensemos en un
parque público. Se afirma que “la ciudad” posee el parque? Pero ¿qué es “la
ciudad”? Es una palabra que hemos inventado para indicar que un grupo de gente
vive en un área urbana compacta.
Decir que la ciudad es propietaria del parque significa
simplemente que los residentes dentro del área urbana se ven forzados a pagar
un impuesto para mantener el parque. Puede que nunca entren en el parque, pero
se les obliga a pagar por su mantenimiento. Los pagos que hacen no pueden
reembolsarse. Así que los pagos realizados no constituyen una inversión que
pueda venderse o transferirse. Si el residente se va de la zona, no se le
devuelve nada. Tampoco puede vender a un recién llegado esa porción del parque
que haya pagado.
El residente puede usar el parque, siempre que la
“autoridades” de la ciudad se lo permitan. Pero puede verse excluido del
parque, a pesar del hecho de que ha pagado en parte por él. Además, aunque se
le dice que es uno de los “propietarios”, como se identifica a otros residentes
de la ciudad, no tiene autoridad sobre el parque. No se le puede mostrar qué
parte en concreto del parque se ha comprado y mantenido con su dinero. No puede
manifestar ninguna preferencia acerca de cómo ha de usarse su porción del
parque.
Los funcionarios municipales, que no tienen más interés
financiero en el parque que él, pueden ejercer autoridad sobre la propiedad,
pero él no. Su único recurso si está insatisfecho con la gestión del parque es
intentar elegir otros funcionarios.
Así, las líneas de autoridad, que pasan apropiadamente por
el comprador y propietario, para abarcar los límites de la propiedad, se
dispersan. El “propietario” no puede ejercitar autoridad. Los no-propietarios
ejercen la autoridad. Y el uso del parque sigue las decisiones de las
autoridades que no son propietarios.
Esto genera un inevitable conflicto de intereses. Un hombre
que haya pagado “su parte” en mantener el parque, decide hacer un picnic en el
parque con su familia. Se le dice cuando llega que esta prohibido hacer picnic.
Sus “derechos” sobre el parque, que ha comprado (teóricamente) con su dinero,
se consideran inexistentes a favor de otros que también han comprado “derechos”
pero no quieren hacer picnic.
¿Qué derechos se imponen? Sólo los de las “autoridades”
sostenidas políticamente y no los de los compradores o propietarios. Me
recuerda a una noticia que apareció en el Catholic Digest: “Señal en una
plaza del centro de un pequeño pueblo de Kansas: ‘Prohibido jugar a la pelota.
Prohibidos los perros. Prohibido andar en bicicleta. Prohibido tirara basura.
¡Recuerde, éste es su parque!’”
Lo mismo ocurre con otras instituciones dirigidas por un
colectivo. Consideremos la llamada escuela pública. Los contribuyentes pagan la
escuela. ¿Pueden decidir qué se va a enseñar y cómo se darán las lecciones? No,
no pueden. Mientras que algunos aprobarán lo que las “autoridades” (políticas)
decidan, otros estarán en contra.
Si las escuelas pertenecen a la gente, cada contribuyente
tiene un derecho igual a decidir lo que debe enseñarse, quién debería ser
admitido, etc. Actualmente, y principalmente en el Sur, se han producido
enormes conflictos sobre esto. Los contribuyentes negros reclaman, con razón,
que sus niños sean admitidos en escuelas que han ayudado a construir y mantener
con sus impuestos. Los contribuyentes blancos reclaman el derecho a excluir a los
negros. La decisión política siempre irá contra un grupo y a favor de otro,
pues ambas políticas no pueden seguirse a la vez en la misma escuela.
Si las escuelas fueran de propiedad y gestión privada, el
individuo que quiera educar a su hijo podría seleccionar el tipo de escuela que
desea de la misma forma que elige el tipo de iglesia que le gusta. Cada uno
puede apoyar la iglesia de su elección y evitar apoyar alguna otra. Pero en la
educación “pública” (controlada por el gobierno), todos están obligados a
financiar las escuelas, que al ser evaluadas, pocas aprueban realmente. La
gestión está en manos de “autoridades” elegidas o nombradas políticamente que
imponen decisiones colectivas a todos.
Para maximizar el bienestar humano y minimizar las disputas,
debe defenderse la propiedad y gestión privada de la tierra y equipamientos.
Además, la tierra no debería soportar impuestos. El propietario debería poseer
totalmente, una vez que se eliminen todos los impedimentos.
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Robert LeFevre dirigió la Freedom School and Rampart
College, fundado en 1957. Tuvo un impacto legendario en toda una generación de
libertarios. Todo
el archivo de audio de LeFevre está disponible en Mises Media.
Este artículo se ha extraído del libro The Philosophy of Ownership.