Por Graham Dawson. (Publicado el 24 de diciembre de 2009)
Traducido del inglés. El artículo original se encuentra
aquí: http://mises.org/daily/3930.
La política del cambio climático tendría que privatizarse.
Todos los elementos políticos del gobierno, incluyendo impuestos, subvenciones,
regulaciones y comercio de emisiones para mitigar el cambio climático tendrían
que abolirse. En su lugar, deberían protegerse los derechos de propiedad a un
clima no cambiado por la actividad humana mediante pleitos, basándose en que lo
apropiado es la responsabilidad estricta.
No hay una base sólida en la climatología para la actual
retórica política: simplemente los gobiernos no tiene el conocimiento para
gestionar efectivamente la política del cambio climático. Además, la política
se basa en la suposición económica neoclásica de que el cambio climático en un
caso de fracaso del mercado. Sin embargo, no han sido los mercados los que han
fallado, sino los gobiernos al no proteger los derechos de propiedad.
El clima de la tierra siempre ha sido susceptible a cambios
causados por factores naturales sobre los que lo seres humanos no tienen
control. El Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus
siglas en inglés) usa su poder monopolístico en la divulgación de su propia
visión editada políticamente de la climatología para imponer la hipótesis de
que el cambio climático se debe al uso de combustibles fósiles. Incluso los
escenarios del IPCC de calentamiento del aire en superficie para el próximo
siglo varían de moderados aumentos de la temperatura que incrementarían la
producción de alimentos a aquéllos que significarían efectos catastróficos en
la vida humana. Afrontamos una incertidumbre radical, en lugar de un riesgo
calculable.
Privatizar la política del cambio climático conlleva la
abolición de toda la legislación existente sobre el cambio climático. El
tratamiento fiscal de los combustibles fósiles debería revisarse para eliminar
cualquier contribución fiscal que se haya impuesto con la intención de reducir
las emisiones de carbono. Las regulaciones dirigidas a reducir las emisiones de
carbono deberían derogarse. Los sistemas de intercambio de emisiones nacionales
o supranacionales deberían terminar. Simplemente no debería haber una política
pública hacia el cambio climático.
Una perspectiva austriaca y libertaria sobre la política climática
Un marco alternativo para formular la política climática,
basado en una postura austriaca hacia la economía medioambiental (Cordato,
2004) e incluida por una filosofía política libertaria (Nozick, 1974) considera
al calentamiento global antropogénico (AGW, por sus siglas en inglés) como un
conflicto interpersonal en lugar de un fracaso del mercado. El AGW es un
posible ejemplo de conflicto interpersonal sobre el uso de los recursos en
tanto en cuanto algunos individuos utilizan la atmósfera como sumidero de
carbono, cambiando el clima y por tanto haciendo imposible a otros individuos
confiar en un clima estable como recurso para cultivar cosechas e incluso
habitar en lugares concretos.
Son los tribunales los que deciden, pidiendo testimonios a
testigos expertos, si las emisiones de CO2 son responsables de dañar
al causar un AGW peligroso. Los litigios o su amenaza persuaden a las empresas
que utilizan procesos de producción intensivos en carbono a financiar la
ingestación de la climatología, demasiando así al monopolio del IPCC y
estimulando el progreso científico.
Correspondería buscar reparación en los tribunales a
individuos y organizaciones que creyeran que el cambio climático está
infringiendo sus derechos de propiedad.
El uso de combustibles fósiles, como cualquier otra
actividad económica, debería estar sujeto a restricciones diseñadas para evitar
que se infrinjan los derechos de propiedad de otras personas. Los pleitos
basados en una responsabilidad estricta protegerían a la gente frente a otros
que se entrometan en su clima. Los tribunales crearían un cuerpo de ley común y
establecerían precedentes para guiar las acciones de los usuarios de los
combustibles fósiles: una política privatizada.
No hay necesidad de asignar nuevos derechos de propiedad. Si
el uso de combustibles fósiles por parte de A causa que el terreno de B sea
destruido por inundación o desertificación, hay evidentemente un agravio. En
general, parece que la legislación nacional existente es adecuada y los
derechos de propiedad están simplemente esperando a ponerse en práctica o
protegerse. La suposición de que cada individuo debe dejar a los gobiernos
ocuparse de la observada amenaza del cambio climático es un producto de la
cultura de la dependencia.
Los beneficios de privatizar la política climática
Bajo una política de cambio climático privatizada, la
litigación no impondría una carga adicional de intervención del estado en la
industria. Primero, aunque algunas empresas irían a juicio, todas se verían
libres de las imposiciones de las políticas existentes sobre el cambio climático.
Segundo, no habría presunción de culpabilidad. Tercero, el proceso de
establecer la culpabilidad o inocencia, probablemente mediante una serie de
juicios, tomaría tiempo.
La privatización de la política del cambio climático
retrasaría las reducciones severas de las emisiones de carbono. Este resultado
será bienvenido. Si las emisiones de carbono causan el cambio climático, es su
concentración atmosférica acumulada durante un tiempo lo que lo hace y no el
carbono adicional emitido cada año. Es razonable aprovechar esta oportunidad de
añadir conocimiento humano sobre los posibles efectos de las emisiones de
carbono en el clima global y así reducir el riesgo de incurrir en costes
innecesarios mediante una acción colectiva desproporcionada.
La litigación mejoría el conocimiento público de la ciencia
del cambio climático. Los informes sobre el testimonio de un grupo de testigos
expertos divulgarían una visión más equilibrada de la climatología que el dogma
partidista y artificialmente construido por el IPCC. La litigación también hará
avanzar a la propia climatología. Alcanzaría este importante objetivo
intensificando la competencia entre hipótesis científicas referentes al cambio
climático, por lo que podrían descartarse las falsas y aceptarse otras como
provisionalmente ciertas.
La litigación como bien público
Los tribunales llamarían a testigos expertos. Así que las
empresas tendrían un incentivo para financiar la investigación de las muchas
incertidumbres del cambio climático. Esto potenciaría el creciente número de
escépticos de clima y desafiaría la posición de monopolio del IPCC. La ventaja
de la litigación es que reproduciría el proceso de competencia, la amistosa
aunque hostil cooperación de los científicos que defendía Popper.
La litigación también favorece la posibilidad de actuación a
favor de quienes no tienen recursos para emprenderla. De hecho, la litigación
es un bien público, en el sentido de que sus beneficios son a la vez inexcluibles
e indisputados. La litigación es indisputada en el sentido de que la búsqueda
de A por demostrar que B es estrictamente responsable de un efecto
medioambiental concreto no significa que queden menos “sobras” de litigio para
que las usen los otros. Por el contrario, puede haber efecto de arrastre.
Los posibles efectos de la litigación relativa al supuesto
cambio climático serían inexcluibles. El cambio climático, si realmente es un
problema, es un problema de todo el mundo. Si las emisiones de carbono están
realmente causando un cambio climático peligroso, no importa dónde se
reduzcan; si se producen las reducciones, la concentración global del carbono
atmosférico acabará por reducirse.
Los pleitos basados en la responsabilidad estricta protegerían
el derecho a un clima libre de la intervención humana, si el clima necesita ser
protegido,y, en caso de no ser así, ahorraría actividad económica en todo el
mundo ante la imposición de costes innecesarios. Al ofrecer un espacio público
para la prueba competitiva de las hipótesis científicas referidas al cambio
climático, la litigación promueve asimismo el avance de la climatología.
Referencias
Cordato, R.
(2004) “Toward an Austrian Theory of Environmental Economics”, The Quarterly Journal of
Austrian Economics, Vol. 7, Nº 1
(Primavera), pp. 3–16.
Dawson, G. (2009) “Privatising Climate Policy” Economic Affairs, Volumen
29, Número 3, Septiembre, pp. 57–62.
Nozick, R.
(1974) Anarchy, State, and Utopia, Oxford: Blackwell.
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Graham Dawson es miembro visitante del Centro Max Beloff para
el Estudio de la Libertad en la Universidad de Buckingham.