Por Hans-Hermann Hoppe (Publicado el 28 de
junio de 2008)
Traducido del inglés. El artículo original
se encuentra aquí: http://mises.org/daily/2874.
[Este artículo se publicó originalmente en Reassessing
the Presidency: The Rise of the Executive State
and the Decline of Freedom, editado por John V. Denson, pp. 667-696]
En una encuesta reciente, se preguntaba a
gente de distintas nacionalidades lo orgullosos que estaban de ser
estadounidenses, alemanes, franceses, etc. y si creían que el mundo sería un
lugar mejor si otros países fueran como el suyo. Los países mejor clasificados
en términos de orgullo nacional fueron Estados Unidos y Austria. Por muy
interesante que pueda ser considerar el caso de Austria, ahora nos
concentraremos en Estados Unidos y la cuestión de si esa afirmación
estadounidense puede estar justificada y en qué grado.
A continuación identificaremos las tres
principales fuentes de orgullo nacional estadounidense, siendo las dos primeras
fuentes justificadas de orgullo, mientras que la tercer representa en realidad
un funesto error. Finalmente, veremos cómo podría repararse este error.
I- Un país de pioneros
La primera fuente de orgullo nacional es
el recuerdo del no tan lejano pasado colonial de Estados Unidos como país de
pioneros.
De hecho, los colonos ingleses que
llegaron a Norteamérica fueron el último ejemplo de los logros gloriosos de
aquello a lo que se refería Adam Smith como “un sistema de libertad natural”:
la capacidad de crear una comunidad libre y próspera a partir de cero. Al
contrario de la consideración hobbesiana de la naturaleza humana (homo homini lupus est) los colonos
ingleses demostraron no solo la viabilidad y el atractivo de un orden social
anarcocapitalista sin estado. Demostraron cómo, de acuerdo con las opiniones de
John Locke, la propiedad privada se originaba naturalmente mediante la
apropiación original de una persona (su uso y transformación voluntarios) de
territorio previamente sin utilizar (salvaje). Además, demostraron que,
basándose en el reconocimiento de la propiedad privada, la división del trabajo
y el intercambio contractual, los hombres eran capaces de protegerse
eficazmente contra agresores antisociales, principalmente por medios de
autodefensa (existían menos delitos de los que existen hoy) y a medida que la
sociedad crecía cada vez más en prosperidad y complejidad, por medio de la
especialización, es decir, por instituciones y agencias como registros de
propiedad, notarías, abogados, jueces, tribunales, jurados, sheriffs, asociaciones
de defensa mutua y milicias populares.
Además, los colonos americanos demostraron
la importancia sociológica fundamental de la institución de las alianzas: de
asociaciones de colonos ligüística, étnica, religiosa y culturalmente
homogéneos liderados y sujetos de la jurisdicción interna de un líder-fundador
para asegurar la cooperación humana pacífica y mantener la ley y el orden.
II- La Revolución Americana
La segunda fuente de orgullo nacional es
la Revolución Americana [la Guerra de Independencia].
En Europa no había habido fronteras
abiertas durante siglos y la experiencia de colonización intra-europea era un
pasado remoto. Con el crecimiento de la población, las sociedades habían
asumido una estructura cada vez más jerarquizada: de hombres libres y
sirvientes, señores y vasallos, señores feudales y reyes. Aunque
significativamente más estratificadas y aristocráticas que la América colonial,
las llamadas sociedades feudales de la Europa medieval eran también órdenes
sociales normalmente sin estado.
Un estado, de acuerdo con la terminología
generalmente aceptada, se define como un monopolista territorial obligatorio de
la ley y el orden (quien toma las decisiones definitivas). Señores feudales y
reyes no cumplen normalmente con los requisitos de un estado: solo pueden fijar
impuestos con el consentimiento de los gravados y en su propio territorio el
hombre libre es tan soberano (toma las decisiones definitivas) como lo es el
rey feudal en el suyo.
Sin embargo, en el curso de varios siglos estas sociedades originalmente sin
estado se habían transformado gradualmente en monarquías absolutas
(estatistas). Aunque originalmente se habían reconocido voluntariamente como
protectores y jueces, los reyes europeos habían conseguido por fin tener éxito
en establecerse como jefes de estado hereditarios. Con la resistencia de la
aristocracia, pero ayudados por el “pueblo llano”, se habían convertido en
monarcas absolutos con el poder de fijar impuestos y tomar decisiones
definitivas respecto de las propiedades de los hombres libres.
Esta evolución europea tuvo un doble
efecto en América. Por un lado, Inglaterra también estaba gobernada por un rey
absoluto, al menos hasta 1688 y cuando llegaron los colonos ingleses al nuevo
continente, el gobierno del rey se extendió a América. Al contrario de los
colonos que se basaban en la propiedad privada y su producción privada
(voluntaria y cooperativa) de administración de seguridad y justicia, el
establecimiento de colonias y administraciones reales no era el resultado de
una apropiación original y de contratos (de hecho, ningún rey inglés había
puesto nunca un pie en el continente americano), sino de la usurpación
(declaración) y la imposición.
Por otro lado, los colonos trajeron otra
cosa de Europa. Allí, la evolución de feudalismo al absolutismo real no solo
había encontrado la resistencia de la aristocracia, sino que también tuvo
oposición teórica que recurría a la teoría de los derechos naturales originada
en la filosofía escolástica. De acuerdo con esta doctrina, el gobierno se
suponía contractual y todo agente público, incluyendo al rey, estaba sujeto a
los mismos derechos y leyes universales que todos los demás. Aunque esto podía
ser el caso en tiempos anteriores, indudablemente ya no era verdad para los
modernos reyes absolutos. Los reyes absolutos eran usurpadores de los derechos
humanos y por tanto ilegítimos. Por tanto, la insurrección no solo estaba
permitida, sino que se convertía en una obligación aprobada por el derecho
natural.
Los colonos americanos estaban
familiarizados con la doctrina de los derechos naturales. De hecho, a la luz de
su propia experiencia personal con los logros y efectos de la libertad natural
y como disidentes religiosos que habían dejado a su madre patria en desacuerdo
con el rey y la Iglesia de Inglaterra, eran particularmente receptivos a esta
doctrina.
Apoyándose en la doctrina de los derechos
naturales, animados por la distancia del rey inglés y estimulados aún más por
la censura puritana a la pereza, el lujo y la pompa real, los colonos
americanos se levantaron para librarse del gobierno británico.
Como escribía Thomas Jefferson en la
Declaración de Independencia, el gobierno se instituyó para proteger la vida,
la propiedad y la búsqueda de la felicidad. Toma su legitimidad del consentimiento
de los gobernados. Por el contrario, el gobierno real británico afirmaba que
podía gravar con impuestos a los colonos sin su consentimiento. Si los
gobiernos no hacen lo aquello para lo que fueron creados, declaraba Jefferson.
“es derecho del pueblo cambiarlos o abolirlos e instituir un nuevo gobierno,
estableciendo sus fundamentos en dichos principios y organizando sus poderes de
la forma en que le parezca mejor para conseguir su seguridad y felicidad”.
III- La Constitución Estadounidense
¿Pero cuál fue el siguiente paso una vez
que se obtuvo la independencia de Gran Bretaña? Esta pregunta lleva a la
tercera fuente de orgullo nacional (la Constitución Estadounidense) y la
explicación de por qué esta constitución, el lugar de ser una fuente legítima
de orgullo, representa un funesto error.
Gracias a los grandes avances en teoría
política y económica desde finales del siglo XVIII, en particular a manos de
Ludwig von Mises y Murray Rothbard, somos hoy capaces de dar una respuesta
precisa a esta cuestión. Según Mises y Rothbard, una vez que ya no hay libre
entrada al negocio de la protección y la decisión, el precio de la protección y
la justicia aumentará y su calidad bajará. En lugar de ser un protector y juez,
un monopolista obligatorio se convertirá en un gángster de la protección, en el
destructor e invasor de la gente y la propiedad que se supone que protege, un
belicista y un imperialista.
De hecho, el hinchado precio de la
protección y la perversión de la antigua ley por parte del rey inglés, cosas
ambas que llevaron a la revuelta a los colonos americanos, fueron la
consecuencia inevitable del monopolio obligatorio. Habiéndose independizado y
expulsado a los ocupantes británicos con éxito, solo habría hecho falta que los
colonos americanos dejaran a las instituciones existentes de autodefensa que se
crearon localmente y a la protección y decisión privadas (voluntarias y
cooperativas) por parte de agentes y agencias especializados se ocuparan de la
ley y el orden.
Pero esto no pasó. Los americanos no solo
no dejaron que cayeran en el olvido las instituciones reales heredadas de las
colonias y los gobiernos coloniales: los reconstruyeron con las antiguas
fronteras políticas en forma de estados independientes, cada uno dotado de sus
propios poderes coactivos (unilaterales) fiscales y legislativos.
Aunque esto ha sido bastante malo, los nuevos estadounidenses empeoraron las
cosas adoptando la Constitución Estadounidense y reemplazando una vaga
confederación de estados independientes por el gobierno central (federal) de
los Estados Unidos.
La Constitución mantenía la sustitución de
un rey no elegido por un parlamento y un presidente elegidos por el pueblo,
pero no cambiaba en nada respecto de su poder de fijar impuestos y legislar.
Por el contrario, los poderes del rey inglés de fijar impuestos sin
consentimiento solo se habían asumido de forma no explícita y por tanto estaban
en disputa, la
Constitución otorgaba explícitamente este mismo poder al Congreso. Además,
mientras que los reyes (en teoría, incluso los reyes absolutos) no se
consideraban como los creadores, sino solo los intérpretes y ejecutores de una
ley preexistente e inmutable, es decir, como jueces en lugar de legisladores,
la constitución otorgaba explícitamente al Congreso el poder legislativo y al
presidente y el Tribunal Supremo los poderes de ejecutar e interpretar dicho
derecho legislado.
En realidad, lo que hacía la Constitución
Estadounidense era solo esto: En lugar de un rey que considerara a la América
colonial como su propiedad privada y los colonos como sus arrendatarios, la
Constitución ponía a encargados temporales e intercambiables al mando del
monopolio de justicia y protección del país.
Estos encargados no poseían el país, sino
que mientras estuvieran en el cargo, podían hacer uso de éste y de sus
residentes para su propio provecho y el de sus protegidos. Sin embargo, como
predice la teoría económica elemental, esta disposición institucional no
eliminará la tendencia a seguir el propio interés de un monopolista de la ley y
el orden hacia una creciente explotación. Por el contrario, solo tiende a hacer
esta explotación menos calculadora, más miope y derrochadora. Como explicaba
Rothbard:
mientras que un propietario privado,
seguro de su propiedad y dueño de su valor de capital, planea el uso del
recurso durante un largo periodo de tiempo, el dirigente debe exprimir la
propiedad tan rápido como pueda, pues no tiene esa seguridad en la propiedad. (…)los
dirigentes poseen el uso de los recursos, pero no su valor de capital (excepto
en el caso de la “propiedad privada” de un monarca hereditario). Cuando sólo se
puede poseer el uso actual, pero no el propio recurso, rápidamente se produce
un agotamiento antieconómico de dichos recursos, pues a nadie le beneficia su
conservación y beneficia a todos los propietarios utilizarlo tan rápido como
sea posible. De la misma manera, los dirigentes consumirán su propiedad tan
rápido como les sea posible. (…) El propietario individual, seguro de su
propiedad y su recurso de capital, puede elegir la visión a largo plazo, pues
quiere mantener el valor de capital de su recurso. Es el dirigente el que debe
tomar el dinero y correr, el que debe arruinar la propiedad mientras aún esté
al mando.
Además, como la Constitución otorgaba
explícitamente un “libre acceso” al gobierno del estado (cualquiera podía
convertirse en miembro del Congreso, presidente o juez del Tribunal Supremo),
disminuyó la resistencia contra las invasiones a la propiedad del estado y como
consecuencia de la “libre competencia política” toda la estructura que
caracterizaba a la sociedad se distorsionaba y cada vez peores personas
ascendían a la cumbre.
El libre acceso y la competencia no
siempre son buenos. La competencia en la producción de bienes es buena, pero la
competencia en la producción de males no lo es. La libre competencia en matar,
robar, falsificar o estafar, por ejemplo, no es buena: es peor que mala. Aún
así, esto es precisamente lo que se instituía con la libre competencia
política, es decir, con la democracia.
En todas las sociedades existe gente que
codicia la propiedad de otro hombre, pero en la mayoría de los casos la gente
aprende a no seguir este deseo o incluso a lamentar pensarlo.
En una sociedad anarcocapitalista en concreto, cualquiera que actúe siguiendo
ese deseo se consideraría un criminal y se reprimiría por violencia física. Por
el contrario, bajo un gobierno monárquico, solo una persona (el rey) puede
actuar siguiendo su deseo de la propiedad de otro hombre y eso es lo que le
convierte en una amenaza potencial. Sin embargo, como solo él puede expropiar
mientras que a todos los demás se les prohíbe actual de igual modo, toda acción
del rey estará sujeta a la máxima sospecha.
Además, la selección de un rey se hace por el accidente de su noble cuna. Su
única cualificación característica es su formación como rey futuro y
preservador de la dinastía y sus posesiones. Por supuesto, esto no garantiza
que no sea malvado, pero al mismo tiempo no impide que un rey pueda ser en
realidad un diletante inocuo o incluso una persona decente.
Muy al contrario, al liberar la entrada en
el gobierno, la Constitución permitía a cualquiera expresar abiertamente su
deseo de la propiedad de otros hombres: de hecho, debido a la garantía
constitucional de la “libertad de expresión”, todos están protegidos si lo
hacen. Además, se permite a todos actuar siguiendo este deseo, siempre que
entre en el gobierno; por tanto, bajo la Constitución, todo se convierten en
una amenaza potencial.
Es verdad que hay gente que no se ve
afectada por el deseo de enriquecerse a costa de otros y tratarlos con
prepotencia, es decir, hay gente que solo quiere trabajar, producir y disfrutar
de los frutos de su trabajo. Sin embargo, si se permite la política (la
adquisición de bienes por medios políticos, como impuestos y legislación),
incluso esta gente inofensiva se verá profundamente afectada.
Para defenderse contra ataques a su
libertad y propiedad por parte de quienes tienen menos escrúpulos morales,
incluso esta gente honrada y trabajadora debe convertirse en “animales
políticos” y emplear cada vez más tiempo y energías en desarrollar sus
habilidades políticas. Dado que las características y talentos requeridos para
el éxito político (buena presencia, sociabilidad, oratoria, carisma, etc.)
están distribuidos desigualmente entre los hombres, entonces quienes tengan
esas características y talentos particulares tendrán una sólida ventaja en la
competencia por los recursos escasos (éxito económico) en comparación con
quienes no los tengan.
Peor aún, dado que en toda sociedad
existen más personas que “no tienen” algo que valga la pena que los que
“tienen”, el político con talento que tenga poca o ninguna inhibición contra
tomar propiedades y tratar a otros con prepotencia tendrá una clara ventaja
sobre los que tengan esos escrúpulos. Es decir, la competencia política abierta
favorece a los talentos políticos agresivos, y por tanto peligrosos, frente a
los defensivos, y por tanto inofensivos, y lleva así al cultivo y perfección de
las habilidades peculiares de la demagogia, el engaño, la mentira, el
oportunismo, la corrupción y el soborno. Por tanto, la entrada y el éxito en el
gobierno será cada vez más imposible para quien tenga escrúpulos morales contra
la mentira y el robo.
Así que, al contrario que los reyes, congresistas,
presidentes y jueces del Tribunal Supremo no adquieren ni pueden adquirir sus
cargos accidentalmente. Más bien alcanzan su posición a causa de su competencia
como demagogos moralmente desinhibidos. Además, incluso fuera de la órbita del
gobierno, dentro de la sociedad civil, los individuos ascienden cada vez más a
la cumbre del éxito económico y financiero, no en razón de sus talentos
productivos o empresariales o incluso sus superiores talentos políticos
defensivos, sino más bien por sus superiores habilidades como empresario y
cabilderos políticos con talento. Así que la Constitución prácticamente asegura
que exclusivamente solo los hombres peligrosos llegarán a la cumbre del poder
público y que el comportamiento moral y los estándares éticos tenderán a
disminuir y deteriorarse en general.
Además, la “separación de poderes”
dispuesta constitucionalmente no supone ninguna diferencia en este aspecto. Dos
o tres errores no suponen un acierto. Por el contrario, llevan a la
proliferación, acumulación, refuerzo y agravación del error. Los legisladores
no pueden imponer su voluntad sobre sus desventurados súbditos sin la
cooperación del presidente como cabeza del poder ejecutivo del gobierno y el
presidente a su vez usará su cargo y los recursos a su disposición para influir
en los legisladores y la legislación. Y aunque el Tribunal Supremo pueda estar
en desacuerdo con actos concretos del Congreso o el presidente, los jueces del
Tribunal Supremo son nombrados por el presidente y confirmados por el Senado y
siguen dependiendo de ellos en su financiación. Como parte integrante de la
institución del gobierno, no tienen ningún interés en limitar, sino todo el
interés en expandir el gobierno y por tanto su propio poder.
IV- Doscientos años después…
Después de más de dos siglos de “gobierno
limitado constitucionalmente”, los resultados son claros e indiscutibles. Al
principio del “experimento” estadounidense, la carga fiscal impuesta a los
estadounidenses era ligera, de hecho casi despreciable. El dinero consistía en
cantidades fijas de oro y plata. La definición de la propiedad privada estaba
clara y era aparentemente inmutable y el derecho de autodefensa se consideraba
sagrado. No existía un ejército permanente y, como se expresaba en el Discurso de despedida de George Washington, parecía existir un firme compromiso con el libre
comercio y una política exterior no intervencionista. Doscientos años después,
las cosas han cambiado radicalmente.
Ahora año tras año el gobierno
estadounidense expropia más del 40% de las rentas de los productores privados,
haciendo que incluso la carga económica impuesta a esclavos y siervos parezca
moderada en comparación. El oro y la plata han sido remplazados por papel
moneda fabricado por el gobierno y a los estadounidenses de les roba
continuamente mediante inflación monetaria. El significado de la propiedad
privada, en un tiempo aparentemente claro y fijo, se ha hecho oscuro, flexible
y viscoso. De hecho, todo detalle de vida, propiedad, comercio y contrato
privados está regulado y reregulado por montañas cada vez más altas de leyes en
papel (legislación). Con el crecimiento en la legislación, se ha creado cada
vez más incertidumbre legal y riesgos morales y la falta del derecho ha
reemplazado a la ley y el orden.
Para acabar, el compromiso con el libre
comercio y el no intervencionismo han dado paso a una política de
proteccionismo, militarismo e imperialismo. De hecho, casi desde sus inicios,
el gobierno de EEUU se ha dedicado a un constante expansionismo agresivo y,
empezando con la Guerra Hispano-Estadounidense y continuando tras la Primera y
Segunda Guerras Mundiales hasta el presente, Estados Unidos se ha implicado en
cientos de conflictos en el extranjero y ha ascendido al puesto de principal
poder belicista e imperialista. Además, mientras que los ciudadanos
estadounidenses se han hecho cada vez más indefensos, inseguros y empobrecidos
y los extranjeros en todo el mundo se han visto más amenazados y acosados por
el poder militar de EEUU, los presidentes, miembros del Congreso y jueces del
Tribunal Supero de Estados Unidos se han hecho cada vez más arrogantes,
moralmente corruptos y peligrosos.
¿Qué puede hacerse acerca de este estado
de cosas? Primero, debe reconocerse a la Constitución Estadounidense como lo
que es: un error.
Como señalaba la Declaración de
Independencia, se supone que el gobierno protege vida, propiedad y búsqueda de
la felicidad. Aún así, al conceder al gobierno el poder de fijar impuestos y
legislar sin consentimiento, la Constitución no puede asegurar este objetivo
sino que es en realidad el mismo instrumento para invadir y destruir el derecho
a la vida, propiedad y libertad. Es absurdo creer que una agencia que puede
fijar impuestos sin consentimiento puede ser protectora de la libertad.
Igualmente es absurdo creer que una agencia con poderes legislativos puede
preservar la ley y el orden. Por el contrario, debe reconocerse que la propia
Constitución es inconstitucional, es decir, incompatible con la misma doctrina
de derechos humanos naturales que inspiró la Revolución Americana.
De hecho, nadie que piense correctamente
estaría de acuerdo con un contrato que permita al supuesto protector de uno
determinar unilateralmente, sin consentimiento de uno e irrevocablemente, sin
posibilidad de renuncia, cuánto cobrar por la protección y nadie que piense
correctamente estaría de acuerdo con un contrato irrevocable que garantizara al
supuesto protector de uno el derecho a tomar la decisión definitiva respecto de
la persona y propiedad de uno, es decir, la creación
de leyes unilateralmente.
Segundo, es necesario ofrecer una
alternativa positiva e inspiradora al sistema presente.
Aunque es importante que se mantenga viva
la memoria del pasado de Estados Unidos como tierra de pioneros y de una
sistema efectivamente anarcocapitalista
basado en la autodefensa y las milicias populares, no podemos volver al pasado
feudal o al momento de la Revolución Americana. Aún así, la situación no es
desesperada. A pesar del continuo crecimiento del estatismo a lo largo de lo
dos últimos siglos, ha continuado el desarrollo económico y nuestros niveles de
vida han alcanzado nuevas alturas espectaculares. Bajo estas circunstancias, se
ha hecho viable una opción completamente nueva: la provisión de ley y orden
mediante aseguradoras privadas (pérdidas y ganancias) en libre competencia.
Incluso intervenidas por el estado, las
aseguradoras protegen a los dueños de propiedades privadas con el pago de una
prima frente a multitud de desastres naturales y sociales, de inundaciones a
huracanes al robo o fraude. Así, parecería que la producción de seguridad y
protección es el mismo propósito del seguro. Además, la gente no se dirigiría
simplemente a cualquiera por un servicio tan esencial como el de la protección.
Más bien, como apuntaba de Molinari:
Antes de llegar a un acuerdo con [un]
productor de seguridad (…) verificarán si es realmente fuerte como para
protegerla (…) [y] si su carácter no les haría preocuparse porque esté
instigando las mismas agresiones que se supone que ha de eliminar.
En este aspecto, las aseguradoras también
parecen cumplir. Son grandes en el uso de recursos (físicos y humanos)
necesarios para cumplir con la tarea de ocuparse de los peligros, reales o
imaginados, del mundo real. De hecho, las aseguradoras operan a una escala
nacional e incluso internacional. Sus importantes pertenencias están dispersas
en amplios territorios y más allá de los límites de los estados y por tanto
tienen un interés manifiesto en la protección efectiva. Además, todas las
aseguradoras están conectadas a través de una compleja red de acuerdos
contractuales de asistencia mutua y arbitraje, así como de un sistema de
agencias reaseguradoras internacionales que representan un poder económico
combinado que empequeñece a la mayoría, si no a todos, los gobiernos
contemporáneos. Han conseguido esta posición a causa de su reputación como
negocios eficaces, fiables y honrados.
Aunque esto puede bastar para considerar a
las aseguradoras como una posible alternativa al papel actualmente desempeñado
por los estados como proveedoras de ley y orden, se necesita un examen más
detallado para demostrar la principal superioridad de esta alternativa al
status quo. Para hacerlo, basta con ver que las aseguradoras no pueden ni fijar
impuestos ni legislar, es decir, la relación entre asegurador y asegurado es
consensual. Ambos son libres de cooperar o no y este hecho tiene importantes
implicaciones. En este aspecto, las aseguradoras son categóricamente distintas
de los estados.
Las ventajas de hacer que las aseguradoras
proporcionen la seguridad y la protección son las siguientes. Primero, la
competencia entre aseguradoras por clientes solventes generará una tendencia a
una continua caída de los precios de la protección por valor asegurado,
haciendo la protección más asequible. Por el contrario, un protector
monopolista que pueda fijar impuestos a los protegidos cobrará precios cada vez
más altos por sus servicios.
Segundo, las aseguradoras tendrían que
indemnizar a sus clientes en caso de daños reales, por tanto deberían operar
eficientemente. Respecto de los desastres sociales (el crimen) en particular,
esto significa que la aseguradora debe preocuparse sobre todo por la prevención
efectiva, pues si no impide el delito, tendrá que pagarlo. Además, si no puede
impedirse un acto criminal, un aseguradora seguirá queriendo recuperar el
botín, detener al delincuente y entregarlo a la justicia, pues al hacerlo así
puede reducir sus costes y obligar al criminal (en lugar de a la víctima y su
aseguradora) a pagar los daños y costes de indemnización. Es muy distinto lo
que pasa con los estados monopolistas obligatorios que no indemnizan a las
víctimas y pueden recurrir a los impuestos como fuente de financiación, que
tienen poco o ningún incentivo para impedir el crimen y recuperar el botín y
capturar a los criminales. Si consiguen atrapar a un criminal, normalmente
obligan a la víctima a pagar por la encarcelación del delincuente, añadiendo
así la burla al daño.
Tercero y más importante, como la relación
entre las aseguradoras y sus clientes es voluntaria, aquéllas deben aceptar la
propiedad privada como algo dado y los derechos de propiedad como una ley
inmutable. Es decir, para atraer y retener clientes, las aseguradoras tendrían
que ofrecer contratos con descripciones específicas de la propiedad y el daño a
la propiedad, normas de procedimiento, evidencia, indemnización, restitución y
sanción, así como procedimientos de resolución y arbitraje de conflictos entre
agencias.
Además, aparte de la constante cooperación
entre las distintas aseguradoras en procesos de arbitraje entre ellas, se
produciría una tendencia hacia la unificación de la ley, de una verdadera ley
universal o internacional. Todos, por estar asegurados, se verían así unidos en
un esfuerzo competitivo global por minimizar el conflicto y la agresión. Todo
conflicto y reclamación de daños, independientemente de dónde y por quién o
contra quién, caería en la jurisdicción de exactamente una o más aseguradoras
concretas y innumerables y sus procedimientos de arbitraje acordados
contractualmente, creando así una “perfecta” certidumbre legal.
En chocante contraste, como protectores
monopolísticos financiados mediante impuestos, los estados no ofrecen a los
consumidores de protección nada que se parezca remotamente a un contrato de
servicios. Por el contrario, operan sin contrato, lo que les permite corregir y
cambiar las reglas del juego con el tiempo. Lo más notable es que, mientras que
las aseguradoras deben someterse a terceros árbitros independientes y procesos
de arbitraje para atraer clientes que paguen voluntariamente, los estados, si
es que permiten algún tipo de arbitraje, asignan esta tarea a otro juez
financiado por el estado y dependiente de éste.
Otras implicaciones de este contraste
esencial entre aseguradoras como proveedores contractuales y estados como
proveedores no contractuales de seguridad merecen especial atención.
Como no están sujetos ni obligados por
contratos, los estados normalmente prohíben la posesión de armas por parte de
sus “clientes”, aumentando así su propia seguridad a costa de dejar indefensos
a sus supuestos clientes. Por el contrario, ningún comprador voluntario de
seguros de protección estaría de acuerdo con un contrato que le obligara a
renunciar a su derecho de autodefensa y a estar desarmado o indefenso. Por el
contrario, las aseguradoras animarían as sus clientes a poseer armas de fuego y
otros dispositivos de protección por medios de rebajas selectivas de precios,
porque cuanto mejor sea la protección privada de sus clientes, menor será la
protección de las aseguradoras y los costes de indemnización.
Además, como operan en un vacío
contractual y son independientes del pago voluntario, los estados definen y
redefinen arbitrariamente lo que es una “agresión” punible y lo que no lo es y
lo que requiere indemnización y lo que no. Al imponer un impuesto de la renta
proporcional o progresivo y redistribuir la renta de los ricos a los pobres,
por ejemplo, los estados definen en la práctica a los ricos como agresores y a
los pobres como víctimas. (De otra manera, si los ricos no fueran agresores y
los pobres no fueran sus víctimas, ¿cómo podrían justificar quitar algo a los
primeros y dárselo a los últimos?) O al aprobar leyes de acción afirmativa los estados
definen en la práctica a blancos y varones como agresores y a negros y mujeres
como sus víctimas. Para las aseguradoras, una conducta similar en los negocios
sería imposible por dos razones fundamentales.
Primero, todo seguro implica agrupar los riesgos
concretos en clases. Esto implica que a algunos de los asegurados recibirán más
de lo que pusieron y otros menos. Sin embargo (y esto resulta decisivo) nadie
sabe por adelantado quiénes serán los “ganadores” y quiénes los “perdedores”.
Ganadores y perdedores (y cualquier redistribución de rentas entre ellos) se
distribuirán aleatoriamente. De otra manera, si ganadores y perdedores pudieran
predecirse sistemáticamente, los perdedores no querrían aunar sus riesgos con
los ganadores sino solo con otros perdedores, porque esto rebajaría su prima de
seguro.
Segundo, no es posible asegurarse contra
cualquier riesgo concebible. Más bien, solo es posible asegurarse contra
accidentes, es decir, riesgos sobre cuyo resultado el asegurado no tiene ningún
control y los que no contribuye en nada. Así que es posible asegurarse contra
el riesgo de muerte o incendio, por ejemplo, pero no lo es contra el riesgo de
cometer suicidio o quemarse la casa.
Igualmente, no es posible asegurarse
contra el riesgo de fracaso en los negocios, de desempleo, de no hacerse rico,
de que no te apetezca levantarte por las mañanas o de que no te gusten tus
vecinos, compañeros o jefes, porque en cada uno de estos casos uno tiene
control total o parcial sobre el evento en cuestión. Es decir, un individuo
puede afectar a la probabilidad del riesgo. Por su misma naturaleza, evitar
estos riesgos entra en el ámbito de la responsabilidad individual y cualquier
agencia que asuma su seguro quedaría condenada a una bancarrota inmediata.
Más significativo para la materia en
discusión, la inasegurabilidad de las acciones y sentimientos humanos (en
contraste con los accidentes) implica que también es imposible asegurarse
contra el riesgo de daños que sean el resultado de una agresión o provocación
previa propia. Por el contrario, toda aseguradora debe restringir las acciones
de sus clientes de forma que excluyan toda agresión y provocación por su parte.
Es decir, cualquier seguro contra desastres sociales como el delito debe
conllevar que los asegurados se sometan a normas concretas de conducta no
agresiva y civilizada.
Igualmente, mientras que los estados como
protectores monopolísticos pueden dedicarse a políticas redistributivas
beneficiando a un grupo de gente a costa de otro, y mientras que como agencias
financiadas por impuestos pueden incluso “asegurar” riesgos no asegurables y
proteger a provocadores y agresores, a las aseguradoras financiadas
voluntariamente se les impide sistemáticamente hacer ninguna de estas cosas. La
competencia entre aseguradoras impediría cualquier forma de redistribución de
renta y riqueza entre distintos grupos asegurados, pues una compañía que
realizara estas prácticas perdería clientes frente a otras que no lo hicieran.
Por el contrario, cada cliente pagaría exclusivamente por su propio riesgo, en
relación con la gente con la misma exposición (homogénea) al riesgo que
afronta. Tampoco
nuestras aseguradoras financiadas voluntariamente serían capaces de “proteger”
a ninguna persona de las consecuencias de su propia conducta o sentimiento
erróneo, estúpido, arriesgado o agresivo. Por el contrario, la competencia
entre aseguradoras estimularía sistemáticamente la responsabilidad individual y
cualquier provocador o agresor conocido sería excluido como un mal riesgo
asegurador en cualquier cobertura de seguro y se consideraría un marginado
económicamente aislado, débil y vulnerable.
Por fin, respecto de las relaciones
exteriores, como los estados pueden externalizar los costes de sus propias
acciones en los indefensos contribuyentes, tienden permanentemente a
convertirse en agresores y belicosos. Consecuentemente, tienden a financiar y
desarrollar armas de agresión y destrucción masiva. Por el contrario, las
aseguradoras evitarían realizar ninguna forma de agresión externa, porque cualquier
agresión es costosa y requiere primas de seguro más altas, lo que implica la
pérdida de clientes ante otros competidores no agresivos. Las aseguradoras se
dedicarían exclusivamente a la violencia defensiva y en lugar de adquirir armas
de agresión y destrucción en masa, tenderían a invertir en el desarrollo de
armas de defensa y de represalia concentrada.
V- Revolución por medio de la secesión
Aunque todo esto esté claro, ¿cómo
podríamos conseguir implantar una reforma constitucional tan esencial como ésa?
Las aseguradoras están actualmente restringidas por incontables regulaciones
que les impiden hacer lo que podrían hacer y naturalmente harían. ¿Cómo pueden
liberarse de estas regulaciones?
Esencialmente, la respuesta a esta
pregunta es la misma que dieron los revolucionarios americanos hace más de
doscientos años: mediante la creación de territorios libres y por medio de la
secesión.
De hecho, bajo las condiciones
democráticas de hoy, esta respuesta es incluso más verdadera de lo que era en
los tiempos de los reyes. Pues entonces, bajo condiciones monárquicas, los
defensores de una revolución social liberal-libertaria antiestatista aún tenían
una opción que se ha perdido desde entonces. Los liberales-libertarios de los
viejos tiempos podían creer (y frecuentemente lo hacían) en la posibilidad de
simplemente convertir al rey a su opinión, iniciando así una “revolución desde
arriba”. No hacía falta un apoyo masivo, solo la idea de un príncipe ilustrado.
Por muy realista que pudiera haber sido
entonces, esta estrategia de revolución social desde arriba hoy sería
imposible. Los líderes políticos se eligen hoy en día de acuerdo con su talento
demagógico y está comprobado que son habitualmente inmorales, como se ha
explicado antes; por consiguiente, la posibilidad de convertirles en
liberales-libertarios debe considerarse incluso menor que la de convertir a un
rey que simplemente heredó su cargo.
Además, el monopolio de la protección del
estado se considera hoy propiedad pública en lugar de privada y el gobierno no
está ya ligado a un individuo concreto, sino a funciones concretas ejercitadas
por funcionarios anónimos. Por tanto, la estrategia de conversión de un solo
hombre ya no puede funcionar. No importa si uno convierte a varios altos cargos
(por ejemplo, al presidente y algunos senadores y jueces importantes) porque
dentro de las reglas del gobierno democrático ningún individuo tiene el poder
renunciar al monopolio de la protección del gobierno. Los reyes tenían este
poder, pero lo presidentes no lo tienen. Por supuesto, el presidente puede
renunciar a su cargo, pero solo lo asumiría otro. No puede disolver el
monopolio gubernamental de la protección porque según las reglas de la
democracia, “el pueblo”, no sus representantes electos, es considerado como
“propietario” del gobierno.
Así que, en lugar de por medio de una
reforma desde arriba, bajo las condiciones actuales, la estrategia debe ser la
de una revolución desde abajo. En principio, la expresión de esta idea
parecería hacer imposible la tarea de una revolución social liberal-libertaria,
pues ¿no implicaría esto que uno tendría que convencer a una mayoría de gente a
votar la abolición de la democracia y acabar con todos los impuestos y la
legislación? ¿Y no es estos una completa fantasía, dado que las masas son
siempre perezosas e indolentes, e incluso más dado que la democracia, comos e
ha explicado antes, promueve la degeneración moral e intelectual? ¿Cómo puede
alguien esperar que una mayoría de gente cada vez más degenerada acostumbrada
al “derecho” a votar renuncie voluntariamente a la oportunidad de saquear la
propiedad de otra gente? Dicho así, uno debe admitir que la perspectiva de una
revolución social debe realmente considerarse como prácticamente nula. Por el
contrario, solo con la segunda idea, de considerar a la secesión como parte
integrante de una estrategia desde abajo, parece la tarea de una revolución
social liberal-libertaria menos que imposible, aunque siga siendo de enormes
dimensiones.
¿Cómo se ajusta la secesión a una
estrategia de revolución social desde abajo? Más importante, ¿cómo puede un
movimiento secesionista escapar al destino de la Confederación del Sur de ser
aplastado por un gobierno central tiránico y peligrosamente armado?
En respuesta a estas preguntas, es primero
necesario recordar que ni la Revolución Americana original ni la Constitución
Estadounidense fueron el resultado de la voluntad de la mayoría de la
población. Un tercio de los colonos americanos eran realmente tories y otro
tercio estaba ocupado con sus trabajos diarios y no le preocupaba nada más. No
más de un tercio de los colonos estaban realmente comprometidos y apoyaban la
revolución y aún así tuvieron éxito. Y en lo que respecta a la Constitución, la
abrumadora mayoría del público estadounidense se oponía a su adopción y su
ratificación fue más un golpe de estado de una diminuta minoría que voluntad
popular. Todas las revolución, buenas o malas, las inician minorías y la ruta
secesionista hacia la revolución social, que implica necesariamente la separación
de un número menor de gente que una mayor, tiene conocimiento explícito de este
hecho importante.
Segundo, es necesario reconocer que el
poder último de todo gobierno (ya sea de reyes o de cuidadores) se basa
solamente en la opinión y no en la fuerza física. Los agentes del gobierno no
son nunca más que una pequeña proporción de la población total bajo su control.
Esto implica que ningún gobierno puede imponer por la fuerza su voluntad contra
toda la población salvo que encuentre un amplio apoyo dentro del público no
gubernamental. Esto implica igualmente que todo gobierno puede ser derrocado
por un mero cambio en la opinión pública, es decir, por la pérdida del
consentimiento y la cooperación del público.
Y aunque es innegablemente cierto que,
después de más de dos siglos de democracia, el público estadounidense se ha
hecho tan degenerado, moral e intelectualmente, que dicha pérdida debe
considerarse imposible a una escala nacional, no resultaría una dificultad
insuperable conseguir una mayoría secesionista en distritos o regiones suficientemente
pequeños del país.
De hecho, suponiendo una minoría enérgica
de élites intelectuales inspiradas por la visión de una sociedad libre en la
que la ley y el orden los proporcionan aseguradoras en competencia y suponiendo
además que se sigue sosteniendo que la secesión es legítima (indudablemente los
es en Estados Unidos, que debe su existencia a una ley secesionista) y de
acuerdo con el ideal democrático “original” de autodeterminación (en lugar de la ley de la mayoría)
por una cantidad sustancial de gente, no parece haber nada no realista en
asumir que esas mayorías secesionistas existan o puedan crearse en cientos de
localidades en todo el país.
De hecho, bajo la suposición realista de
que el gobierno central de EEUU así como los estados social-democráticos de
Occidente en general están condenados a la bancarrota económica (igual que las
democracias populares socialistas del Este se derrumbaron económicamente hace
algunos años)las tendencias presentes hacia una desintegración política
probablemente se fortalezcan en el futuro. Por consiguiente, el número potenciales
regiones secesionistas continuará aumentando, incluso más allá de su nivel
actual.
Finalmente, la idea del potencial
secesionista extendido y creciente también permite una respuesta a la última
pregunta relativa a los peligros de una ofensiva del gobierno central.
Aunque es importante en este aspecto que
la memoria del pasado secesionista de Estados Unidos permanezca vivo, es aún más
importante para el éxito de la revolución liberal-libertaria que evite los
errores del segundo intento fallido de secesión. Por fortuna, el tema de la
esclavitud, que complicó y oscureció la situación en 1861,
se ha resuelto. Sin embargo, debe aprenderse otra importante lección comparando
el fracasado segundo experimento americano con la secesión con el primero con
éxito.
La primera secesión americana fue facilita
grandemente por el hecho de que en el centro del poder en Gran Bretaña, la
opinión pública respecto de los secesionistas apenas estaba unificada. De
hecho, muchas ilustres figuras británicas, como Edmund Burke y Adam Smith
simpatizaban abiertamente con los secesionistas. Aparte de razones puramente
ideológicas, que raramente afectan a más de un puñado de mentes filosóficas,
está falta de oposición unificada a los secesionistas americanos en la opinión
pública británica puede atribuirse a dos factores complementarios. Por un lado,
existían multitud de afinidades regionales y religioso-culturales, así como
lazos familiares entre Gran Bretaña y los colonos americanos. Por otro lado,
los acontecimientos americanos se consideraban lejanos a casa y la pérdida
potencial de las colonias como insignificante económicamente.
En ambos aspectos, la situación en 1861
era claramente diferente. Es verdad que, en el centro del poder político, que
para entonces había cambiado hacia los estados del norte, la oposición a la secesionista
Confederación no estaba unificada y la causa confederada también tenía
defensores en el norte. Sin embargo, existían menos lazos culturales y de
parentesco entre el norte y el sur de Estados Unidos de las que había habido
entre Gran Bretaña y la colonias americanas y la secesión de la Confederación afectaba
en torno a la mitad del territorio y un tercio de la población de todos los
Estados Unidos y esto afectaba a la gente del norte por estar cerca de casa y
por ser una pérdida económica significativa. Por tanto, era comparativamente
más sencillo para la élite en el poder en el norte crear un frente unificado de
cultura yanqui “progresista” frente un Dixieland culturalmente atrasado y “reaccionario”.
Ante estas consideraciones, parece, por
tanto, estratégicamente recomendable no intentar de nuevo lo que fracasó tan
dolorosamente en 1861: estados contiguos o incluso todo el sur tratando de
alejarse de la tiranía de Washington DC.
En su lugar, una estrategia moderna
liberal-libertaria de secesión debería seguir los pasos de la Edad Media
europea, cuando, desde alrededor del siglo XII hasta bien entrado el XVII (con
la aparición del estado centralizado moderno), Europa se caracterizó por la
existencia de cientos de ciudades libres e independientes, entremezcladas en
una estructura social predominantemente feudal.
Al elegir este modelo y buscar crear unos
Estados Unidos puntuados por un número grande y creciente de ciudades libres
territorialmente desconectadas (una multitud de Hong Kongs, Singapures, Mónacos
y Liechtensteins esparcidos por todo el continente) pueden lograrse dos objetivos
de otra manera inalcanzables pero esenciales. Primero, además de reconocer el
hecho de que el potencial liberal-libertario está distribuido de una forma muy
uniforme en todo el país, esa estratega de separación poco a poco hace a la
secesión menos amenazadora política, social y económicamente. Segundo, al
seguir esta estrategia simultáneamente en un gran número de localidades en todo
el país, se hace cada vez más difícil al estado central crear la oposición
unificada en la opinión pública hacia los secesionistas que llevaría al nivel
de apoyo popular y cooperación voluntaria necesario para aplastarlas por la
fuerza con éxito.
Si tenemos éxito en esta empresa, si
procedemos luego a devolver toda la propiedad pública a las manos privadas
apropiadas y adoptamos una nueva “constitución” que declare ilegal desde
entonces todos los impuestos y la legislación y si finalmente permitimos a las
aseguradoras hacer lo que están destinadas a hacer, verdaderamente podríamos
enorgullecernos y Estados Unidos estaría justificado en afirmar que proporciona
un ejemplo al resto del mundo.
Hans-Hermann Hoppe, economista de la Escuela
Austriaca y filósofo anarcocapitalista, es profesor emérito de economía en la
UNLV, miembro distinguido del Instituto Ludwig von Mises y fundador y
presidente de The Property and Freedom Society.