Por Lysander Spooner. (Publicado el 19 de enero de 2010)
Traducido del inglés. El artículo original se encuentra
aquí: http://mises.org/daily/4032.
[Este artículo se ha extraído de Let’s
Abolish Government]
La administración gratuita de Justicia era un principio de
la ley común y debe ser parte necesaria de cualquier sistema de gobierno que no
esté diseñado para ser una máquina en manos de ricos para oprimir a los pobres.
Al decir que la administración gratuita de justicia era un
principio de la ley común quiero indicar sólo que las partes no estaban sujetas
a costes por jurados, testigos, escritos y otras necesidades del juicio, antes
del propio juicio. En consecuencia, nadie podía peder el beneficio de un juicio
por carecer de medios para sufragar los gastos. Pero después del juicio,
el demandante o demandado podía ser multado (por el jurado, claro) por haber
molestado al tribunal con la acusación o defensa de una postura injusta.
Pero no es probable que la parte perdedora esté sujeta a multa, salvo en los
casos en que la injusticia de su causa fuera tan evidente que hiciera
inexcusable su presentación ante los tribunales.
Todos los terratenientes estaban obligados a colaborar con
los tribunales, donde podrían ser jurados y testigos y realizar cualquier
servicio que el tribunal les requiera legalmente y su asistencia era pagada por
el estado. En otras palabras, su atención y servicio en los tribunales eran
parte de las rentas que pagaban al estado por sus tierras.
Los terratenientes, a quienes se les pedía así que ayudaran
siempre a los tribunales, fueron sin duda los únicos testigos que se
necesitaban habitualmente en las causas civiles. Eso se debía al hecho de que,
en aquel tiempo, cuando la mayoría de la gente no sabía leer ni escribir, se
escribían pocos contratos. El procedimiento adoptado para probar los contratos
era el de hacerlos en presencia de testigos, quienes después podían atestiguar
las transacciones. La mayoría de los contratos relacionados con las tierras se
realizaban en los tribunales en presencia de los terratenientes en asamblea.
En los tribunales reales, la Carta Magna disponía
especialmente que “la justicia y el derecho” no deberían “venderse”, es decir,
que el rey no debería llevarse nada de las partes por administrar justicia.
El juramento de una parte sobre la justicia de su causa era
todo lo que se necesitaba para acreditarle ante los tribunales libre de gastos
(excepto el riesgo de ser multado después del juicio, en caso de que el jurado
pensara que se lo merecía).
Este principio de la administración gratuita de justicia se
conecta necesariamente con el juicio con jurado, porque un jurado no puede
juzgar correctamente a un hombre, ya sea en un caso civil o criminal, si tiene
alguna razón para suponer que ha sido incapaz de sufragar los gastos de sus testigos.
El verdadero juicio con jurado también obligaría a la
administración gratuita de justicia por otra necesidad, la de evitar las
disputas privadas, pues salvo que el gobierno refuerce los aciertos del hombre
o corrija sus errores gratuitamente, el jurado estaría obligado a protegerle
tomando en sus propias manos la ley.
Un hombre tiene un derecho natural a imponer sus propios
aciertos y corregir sus propios errores. Si un hombre debe algo a otro y rehúsa
pagarle, el acreedor tiene un derecho natural a apropiarse de la propiedad
suficiente del deudor dondequiera que la encuentre para satisfacer la deuda. Si
un hombre viola sin autorización la propiedad, la persona o la dignidad de
otro, la parte dañada tiene un derecho natural, o bien a castigar al agresor o
a recibir una compensación del daño tomándola de la propiedad del otro.
Pero como el gobierno es una parte imparcial entre los
individuos, es más probable que haga la justicia precisa entre ellos que la que
haría el individuo dañado. El gobierno, al tener también más poder en su mano,
es más probable que corrija los errores de un individuo de lo que podría
hacerlo la parte dañada. Si, por tanto, el gobierno realiza el trabajo de
imponer los derechos de un hombre y corregir sus errores, rápida y gratuitamente,
éste tiene la obligación moral de dejar este trabajo en manos del gobierno y no
hacer otra cosa.
Cuando el gobierno le prohíbe imponer sus derechos o
corregir sus errores y le priva de los medios de obtener justicia, excepto bajo
la condición de que emplee al gobierno para lograrla y pagarle para hacerlo, el
propio gobierno se convierte en protector y cómplice del malhechor. Si el
gobierno prohíbe a un hombre proteger sus propios derechos, está obligado a
hacerlo gratuitamente por él. Y si el gobierno rechaza hacerlo, los jurados, si
conocen sus deberes, deberían proteger a un hombre que defiende sus propios
derechos.
Bajo el sistema existente, probablemente la mitad de la
comunidad se vea virtualmente privada de toda protección en sus derechos, excepto
cuando la ley penal se lo permita. Los tribunales de justicia, para todos los
juicios civiles, están en la práctica tan cerrados para ellos como si tuvieran
cadenas y candados. Al prohibirles mantener sus derechos por la fuerza (como,
por ejemplo, para obligar al pago de deudas) y ser incapaces de pagar los
gastos de las causas civiles, no tienen más alternativa que someterse a muchos
actos de injusticia, contra los que el gobierno está obligado o bien a
protegerles gratuitamente o a permitirles defenderse por sí mismos.
Habría la misma razón en obligar a una parte a pagar al juez
y jurado por sus servicios de la que hay en obligarles a pagar los testigos y
otros cargos necesarios.
Este obligación de las partes de pagar los gastos de las
causas civiles es uno de los muchos casos en que el gobierno traiciona los
principios fundamentales en que se basa el gobierno libre. ¿Cuál es el objeto
del gobierno, sino proteger los derechos de los hombres? ¿Bajó que principio
paga sus impuestos un hombre al gobierno, salvo el de contribuir en su parte a
los costes necesarios para proteger los derechos de todos? Aún así, cuando sus
propios derechos se ven realmente atacados, el gobierno, que aquél contribuye a
mantener, en lugar de cumplir con el contrato implícito, se convierte en su
enemigo y no sólo rechaza proteger sus derechos (excepto a su propia costa)
sino que le impide hacerlo por sí mismo.
Todo gobierno libre se basa en la teoría de la asociación
voluntaria y en la teoría de que todos sus miembros pagan voluntariamente
los impuestos para su mantenimiento bajo la condición de recibir protección a
cambio. Pero la idea de que cualquier hombre pobre pagaría
voluntariamente impuestos para constituir un gobierno que ni protege sus
derechos (excepto con un coste que no puede permitirse), ni se dedica a
protegerlos por los medios que tenga en su poder, es absurda.
Bajo el sistema existente, una buena parte de los pleitos
presentados en los tribunales son meras competiciones de bolsas en lugar de
derechos. Y un jurado, comprometido a decidir la causas “de acuerdo a la
evidencia” presentada, es muy probable que, por lo que puedan conocer, tengan
que decidir simplemente comparando la largueza de las bolsas de las partes, en
lugar de la fortaleza intrínseca de sus respectivos derechos. Los jurados
tendrían que rechazar decidir una causa si no están seguros de que se han
presentado todas las evidencias necesarias para un conocimiento completo de la
causa. Esa seguridad es difícil que la tengan, salvo que el propio gobierno
presente todos los testimonios que deseen las partes.
En los casos penales, es tan evidente la atrocidad de acusar
a un hombre de un delito y luego condenarle salvo que pruebe su inocencia a su
propia costa que un jurado difícilmente podría justificar, si es que puede en
algún caso, condenar a un hombre bajo esas circunstancias.
Pero la administración gratuita de justicia no sólo es
indispensable para el mantenimiento de derechos entre hombres: también
promovería la sencillez y estabilidad de las leyes. La manía de la legislación
se restringiría, en buena parte, si el gobierno se viera obligado a pagar los
costes de todos los pleitos que ésta genera.
La administración gratuita de justicia disminuiría y
llegaría casi a extinguir otro mal importante: el de los pleitos civiles
maliciosos. Hay un viejo dicho: "multi litigant in foro, non ut aliquid
lucrentur, sed ut vexant alios". (Muchos litigan en el tribunal, no
para poder ganar algo, sino para hostigar a otros). Mucha gente, por razones de
venganza y opresión, está dispuesta a gastar su dinero en plantear un pleito
sin base, si pueden así obligar a sus víctimas, que son menos capaces de
afrontar la pérdida, a gastar dinero en la defensa.
Bajo el sistema existente, el que las partes pagan los
gastos de sus pleitos, sólo hace falta dinero para permitir a cualquier hombre
malvado a comenzar y proseguir un pleito sin base para horror, daño y quizá
ruina de otro. De esta forma, un tribunal de justicia, en le que sin duda no
debería permitirse entrar más que demandas conscientes, se convierta en una
arena a la que cualquier opresor rico y vengativo pueda arrastrar a cualquier
hombre más pobre y hostigarlo, aterrorizarlo y empobrecerlo hasta cualquier
grado. Es un escándalo y una atrocidad que el propio gobierno se convierta en
instrumento, de esta forma, de premio a la malignidad privada. Casi sería mejor
no tener tribunales de justicia que mantenerlos abiertos, como hacemos a esos
usos crueles. Aunque probablemente la maldad no tenga más solución que la
administración gratuita de justicia.
Bajo un sistema gratuito las demandas difícilmente podrían
verse influenciadas por motivos del este tipo, porque podrían generar pocos o
ningún gasto a la víctima, ni cuando el pleito esté pendiente (que es el objeto
del opresor) ni a su finalización. Además, si se adoptara la práctica de la
antigua ley común de multar a una parte por molestar a los tribunales con pleitos
sin base, el mismo demandante se vería probablemente multado por el jurado de una
forma como para hacer de los tribunales un lugar muy poco rentable para un
hombre que acude a tomar revancha.
Al estimar los problemas de este tipo que genera el sistema
actual, tenemos que considerar que no se limitan en modo alguno a los pleitos
reales en los que se practica este tipo de opresión, sino que tenemos que
incluir todos esos casos en que el temor a dicha opresión se usa como arma para
obligar a los hombres de renunciar a sus derechos.
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Lysander Spooner (1808-1887) es el anarquista individualista
estadounidense y teórico legal conocido principalmente por crear una oficina de
correos en competencia con el gobierno y por tanto ser cerrada. Pero fue
asimismo el autor de algunos de los escritos políticos y económicos más
radicales del siglo XIX y continúa hoy día teniendo una enorme influencia en
los pensadores liberales. Fue un entregado opositor a la esclavitud en todas
sus formas (incluso defendiendo que se acabara con ella mediante guerra de
guerrillas) pero también a la invasión federal del Sur y su reconstrucción en
la posguerra. Ver Let's Abolish
Government, una colección de las mejores obras de Spooner seleccionadas
personalmente por Murray Rothbard.